Decreto 2205 de 1998, por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1998. - 3 de Noviembre de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353479194

Decreto 2205 de 1998, por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1998.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43419

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto número 2190 del 26 de octubre de 1998, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, Decreto número 111 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 413 del 19 de noviembre de 1997 por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1998, la cual se liquidó por medio del Decreto 2767 del 20 de noviembre de 1997;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación y modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que de conformidad con el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional, mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República;

Que el Decreto 1689 del 27 de junio de 1997 en su artículo 1o ordena la supresión y liquidación del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia, establecimiento público del orden nacional adscrito al Ministerio de Transporte, creado por Decreto 0036 del 3 de enero de 1992;

Que el artículo 8o del mismo decreto establece que la prestación los servicios de salud a cargo del Fondo será asumida por el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, respetando los derechos adquiridos;

Que el Jefe de Presupuesto del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia certifica que en el presupuesto de funcionamiento de la entidad existe disponibilidad presupuestal libre de afectación en la sección 2411 - 02 Unidad - Salud por valor de nueve mil novecientos cuarenta y seis millones setecientos cincuenta y cinco mil doscientos sesenta pesos ($9.946.755.260,00),

DECRETA:

ARTÍCULO 1o

Ajustar el Presupuesto de Ingresos...

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