Decreto 770 de 2010, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010 y se efectúa la correspondiente liquidación. - 9 de Marzo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353753050

Decreto 770 de 2010, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010 y se efectúa la correspondiente liquidación.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47646

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1365 de 2009, en la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, el cual se liquidó por medio del Decreto 4996 de 2009;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que el Gobierno de la República de Colombia a través del Ministerio del Interior y de Justicia, recibió del Gobierno de Estados Unidos de América la suma de US$13.100.000, de carácter no reembolsable, correspondientes a la segunda lista de proyectos aprobados por el Comité Bilateral en aplicación del Memorando de Entendimiento suscrito entre los dos Gobiernos;

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República;

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;

Que el...

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