Decreto 1928 de 2004, por el cual se suprimen unos cargos vacantes de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en liquidación. - 15 de Junio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354171114

Decreto 1928 de 2004, por el cual se suprimen unos cargos vacantes de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en liquidación.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín45580

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 dispone que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;

Que el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la Justificación Técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998 obteniendo Concepto Técnico Favorable de ese departamento, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Que la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en Liquidación, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos de su Planta de Personal, de conformidad con el Acuerdo número 012 del 22 de diciembre de 2003, refrendado con Acuerdo número 007 del 10 de mayo de 2004,

DECRETA:

Artículo 1º Suprímense los siguientes cargos vacantes de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en Liquidación:

Nº cargos Denominación del cargo Código Grado

PLANTA GLOBAL

1 Uno Profesional Especializado 3010 19

1 Uno Técnico Operativo 4080 09

1 Uno Auxiliar Administrativo 5120 09

2 Dos Operario Calificado 5300 09

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2325 del 29 de diciembre de 1995.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de junio de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Agricultura y...

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