DECRETO 407 RD 5692 - 13 de Octubre de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 587516038

DECRETO 407 RD 5692

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5692 13 OCTUBRE 2015
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5692 • pP. 1-1 • 2015 • OCTUBRE 13
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5692
2015 OCTUBRE 13
DECRETO DE 2015
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 407
(Octubre 9 de 2015)
“Por medio del cual se aclara el Decreto Distrital
249 de 2009, que incorporó al Tratamiento
de Renovación Urbana, en la modalidad de
Redesarrollo, unos Subsectores de la Unidad de
Planeamiento Zonal No. 25, La Floresta, ubicada
en la Localidad de Suba.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las conferidas por el numeral 4º
del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el
artículo 426 del Decreto Distrital 190 de 2004, el
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 125 de 2002, se re-
glamentó la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No.
25, La Floresta, según las disposiciones del Decreto
Distrital 619 de 2000, adoptando como parte del mismo
las chas reglamentarias y los planos correspondientes
a los sectores normativos que la conforman.
Que mediante el Decreto Distrital 198 de 2002, se com-
plementó el Decreto Distrital 125 de 2002, incluyendo
los planos que identican los elementos que componen
a la Unidad de Planeamiento Zonal.
Que mediante el Decreto Distrital 249 de 2009, se
decidió incorporar “…al Tratamiento de Renovación
Urbana, en la modalidad de Redesarrollo, los Sub-
sectores I, II y VI del Sector Normativo No. 7 y el
Subsector I del Sector Normativo No. 12 de la Unidad
de Planeamiento Zonal No. 25, La Floresta, adoptada
mediante Decreto Distrital 125 de 2002, ubicada en la
Localidad de Suba”.
Que debido a múltiples consultas ciudadanas realiza-
das a la Secretaría Distrital de Planeación, se evidenció
la pertinencia de aclarar los artículos 1 y 2 del Decreto
Distrital 249 de 2009, en razón a la incongruencia que
se presenta entre el texto adoptado en el decreto y su
cartografía anexa.
Que vericado el contenido del citado Decreto, se
constató que la inconsistencia radica en que el texto
del artículo 1º del Decreto Distrital 249 de 2009, deci-
dió incorporar al Tratamiento de Renovación Urbana,
en la modalidad de Redesarrollo, los Subsectores I,
II, VI del Sector Normativo No. 7 y el Subsector I del
Sector Normativo No. 12 de la Unidad de Planeamiento
Zonal No. 25, La Floresta, adoptada mediante Decreto
Distrital 125 de 2002, amparado en lo contemplado en
el artículo 15 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 375
del Decreto Distrital 190 de 2004, sin advertir, que las
zonas a incorporar de los subsectores I y II del Sector
Normativo No. 7, eran especícamente las estableci-
das en el plano anexo No. 1 del referido decreto.
Que el Plano No. 1, anexo al Decreto Distrital 249 de
2009, identica con claridad y precisión el área ob-
jeto de incorporación al Tratamiento de Renovación
Urbana.
Que de la misma manera en el artículo 2º del Decreto
Distrital 249 de 2009, modicatorio del artículo 2º del
Decreto Distrital 125 de 2002, por el cual se reglamentó
la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No 25, “La
Floresta”, se indicó la zona, tratamiento, modalidad
y normas especícas aplicables a los Subsectores I,
II y VI del Sector Normativo No 7 y el Subsector I del
Sector Normativo No. 12, sin hacer distinción de que
esta norma sólo es aplicable al área delimitada en el
plano anexo No. 1.
Que según los considerandos 2 y 3 del Decreto Distrital
249 de 2009, las radicaciones 1-2008-35238 del 19 de
agosto de 2008 y 1-2008-37809 del 3 de septiembre

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