Decreto 409 de 2006, por el cual se modifica la estructura de Ecopetrol S. A. y se dictan otras disposiciones - 10 de Febrero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43233534

Decreto 409 de 2006, por el cual se modifica la estructura de Ecopetrol S. A. y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín46178

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva Ecopetrol S.A., en sesión del 15 de diciembre de 2005, mediante Acta N° 044, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura.

DECRETA:

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 43
Artículo 1° Reorganización

Ecopetrol S.A., tendrá la estructura y las funciones que se determinan en el presente Decreto, sin perjuicio de aquellas establecidas para esta entidad en las disposiciones legales vigentes.

Artículo 2° Estructura

Ecopetrol S.A., tendrá la siguiente estructura:

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS JUNTA DIRECTIVA

  1. PRESIDENCIA

    1.1. OFICINA DE CONTROL INTERNO

    1.2. OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO

  2. DIRECCION DE SOPORTE A PRESIDENCIA Y JUNTA DIRECTIVA

  3. DIRECCION JURIDICA

  4. DIRECCION DE RELACIONES LABORALES Y DESARROLLO

  5. DIRECCION GENERAL DE PLANEACION

  6. VICEPRESIDENCIA FINANCIERA

    6.1. GERENCIA FINANCIERA

  7. DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES

    7.1. DIRECCION INSTITUTO COLOMBIANO DEL PETROLEO

    7.2. DIRECCION DE GESTION DE PROYECTOS

    7.3. DIRECCION DE INFORMATICA

    7.4. DIRECCION DE RESPONSABILIDAD INTEGRAL

    7.5. GERENCIA ADMINISTRATIVA

    7.6. VICEPRESIDENCIA DE EXPLORACION

    7.6.1. Gerencia de Prospección

    7.6.2. Gerencia de Desarrollo de Negocios

    7.7. VICEPRESI DENCIA DE PRODUCCION

    7.7.1. Gerencia Técnica de Producción

    7.7.2. Gerencia Regional Central

    7.7.3. Gerencia Regional Norte

    7.7.4. Gerencia Regional Sur

    7.7.5. Gerencia Regional Magdalena Medio

    7.8. VICEPRESIDENCIA DE REFINACION Y PETROQUIMICA

    7.8.1. Gerencia de Desarrollo de Refinación

    7.8.2. Gerencia General Complejo Barrancabermeja

    7.8.3. Gerencia de Producción

    7.8.4. Gerencia Técnica

    7.8.5. Gerencia Refinería Cartagena

    7.9. VICEPRESIDENCIA DE TRANSPORTE

    7.9.1. Gerencia Técnica

    7.9.2. Gerencia de Oleoductos

    7.9.3. Gerencia de Poliductos

    7.9.4. Gerencia de Control de Pérdidas de Hidrocarburos

    7.10. VICEPRESIDENCIA DE SUMINISTRO Y MERCADEO

    7.10.1. Gerencia de Planeación y Suministro

    7.10.2. Gerencia de Gas

    7.10.3. Gerencia de Comercialización Nacional

    7.10.4. Gerencia de Comercialización Internacional

Capítulo II Artículos 3 a 43

Dependencias y funciones

Artículo 3° Asamblea General de Accionistas

La Asamblea General de Accionistas de Ecopetrol S.A., estará integrada y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales.

Artículo 4° Junta Directiva

La Junta Directiva de Ecopetrol S.A., estará integrada y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales.

Artículo 5° Presidencia

La Presidencia cumplirá las funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales.

Artículo 6° Oficina de Control Interno

Son funciones de esta dependencia:

  1. Planear, dirigir y coordinar la verificación y evaluación del sistema de control interno de la Sociedad.

  2. Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la Sociedad y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.

  3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la Sociedad sean ejecutados por los respectivos responsables, en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.

  4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la Sociedad estén adecuadamente definidos, sean apropiados y mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad.

  5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Sociedad y recomendar los ajustes necesarios.

  6. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados.

  7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bie nes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.

  8. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

  9. Revisar la información financiera tanto anual como periódica antes de su entrega a la Junta, evaluando la continuidad del negocio y garantizando que se reflejen los ajustes derivados del proceso de auditoría y el cumplimiento de leyes y regulaciones vigentes que afecten a la Sociedad.

  10. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana que en desarrollo del mandato constitucional y legal diseñe la Sociedad.

  11. Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.

  12. Asesorar, acompañar, verificar, evaluar y hacer seguimiento de las políticas, estrategias y actividades implementadas en la Sociedad para la administración de los riesgos que puedan representar amenazas para la consecución de los objetivos organizacionales.

  13. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia.

  14. Asumir y desarrollar las funciones y responsabilidades específicas establecidas por el modelo normativo de seguridad informática en el rol de usuario informático y dueño de la información.

  15. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas.

  16. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 7º Oficina de Control Interno Disciplinario

Son funciones de esta dependencia:

  1. Planear, coordinar y desarrollar las políticas tendientes a adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la Sociedad.

  2. Ejercer la función disciplinaria observando la plenitud de las formas del procedimiento regulado en la Constitución y el Código Disciplinario Unico.

  3. Expedir las providencias que la ley establece para dar curso y agotamiento a la actuación disciplinaria.

  4. Conocer, investigar y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la Sociedad.

  5. Conocer y resolver los recursos de reposición que se interpongan contra las decisiones disciplinarias de primera instancia.

  6. Remitir a la Procuraduría General de la Nación los procesos disciplinarios por incremento patrimonial no justificado y aquellos que, de conformidad con las normas especiales, deba adelantar este organismo de control.

  7. Asesorar y orientar a las directivas de la entidad sobre asuntos relacionados con la conducta ética y deberes de los servidores públicos.

  8. Planear y promover la capacitación sobre temas de la dependencia en todos los niveles de la Sociedad y participar en la formulación y desarrollo de los programas que fomenten los valores organizacionales que propendan por la responsabilidad laboral y ética administrativa.

  9. Recomendar la adopción de medidas preventivas y correctivas necesarias para evitar cualquier perjuicio a la Sociedad o a particulares y para prevenir las conductas que puedan llegar a constitui r faltas disciplinarias.

  10. Mantener informadas a las autoridades gubernamentales competentes, a la Junta Directiva y a la Presidencia sobre las irregularidades que se detecten y señalar los correctivos recomendados.

  11. Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas que han de servir de soporte a las denuncias penales sobre conductas ilícitas detectadas en los procedimientos disciplinarios y remitirlas a la Fiscalía General de la Nación, para lo de su competencia.

  12. Llevar el registro estadístico de los procesos disciplinarios de la Sociedad.

  13. Recibir y tramitar las quejas o denuncias por violación de normas constitucionales o legales, presuntamente cometidas por los servidores públicos de la Entidad.

  14. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia.

  15. Asumir y desarrollar las funciones y responsabilidades específicas establecidas por el modelo normativo de seguridad informática en el rol de usuario informático y dueño de la información.

  16. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas.

  17. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Artículo 8° Dirección de Soporte a Presidencia y Junta Directiva

Son funciones de esta dependencia:

  1. Prestar soporte administrativo a la Junta Directiva y asistencia a la Presidencia de la Sociedad.

  2. Ejercer las funciones de Secretaría de la Junta Directiva y de la Asamblea General de Accionistas.

  3. Revisar los proyectos de actos administrativos de competencia de la Junta Directiva y la Presidencia.

  4. Autenticar con su firma los documentos oficiales de la Sociedad.

  5. Atender los requerimientos que las distintas autoridades le formulen a la Junta Directiva y al Presidente y servir de enlace entre estos y el Gobierno Nacional, el Congreso de la República y los particulares.

  6. Coordinar las respuestas de las diferentes dependencias a los cuestionarios de las citaciones al Congreso.

  7. Fijar directrices y ejecutar planes y programas que orienten los procesos de comunicaciones externas, prensa e imagen institucional y el diseño de las correspondientes estrategias y políticas en la Sociedad.

  8. Recomendar acciones para la implantación de los principios corporativos de buen gobierno y hacer seguimiento a su ejecución.

  9. Realizar el seguimiento, evaluación...

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