DECRETO 472 RD 6152 - 11 de Septiembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 693401649

DECRETO 472 RD 6152

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6152 11 SEPTIEMBRE 2017
EmisorAlcaldia Mayor
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6152 • pP. 1-5 • 2017 • SEPTIEMBRE 11
ría Distrital de Planeación, con el propósito de realizar
una revisión técnica y de viabilidad del PEMP, a la luz
del Acuerdo Distrital 645 de 2016, “Por medio del cual,
se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social,
Ambiental y de Obras Públicas, para Bogotá D.C.,
2016-2019.”, a efectos de sugerir y gestionar ante el
Ministerio de Cultura las respectivas modicaciones
a que haya lugar.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: ORDENAR al Gerente de la Empresa
de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.,
adoptar las medidas administrativas tendientes a dar
cumplimiento al fallo proferido dentro de la acción
popular No. 2007-00319
ARTÍCULO 2º-: ORDENAR al Gerente de la Empresa
de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.,
en su calidad de ente principal, propietario del Com-
plejo Hospitalario San Juan de Dios, designar dentro
de su Entidad a una dependencia como Ente Gestor
transitorio, para el desarrollo del PEMP del Complejo
Hospitalario San Juan de Dios e Instituto Materno In-
fantil, la cual estará bajo la tutela administrativa y de
gobierno de la entidad.
ARTÍCULO 3º-: ORDENAR al Ente Gestor Transito-
rio, que de manera bimensual rinda a la Dirección de
Defensa Judicial y Prevención del Daño antijurídico
de la Secretaría Jurídica Distrital, un informe detallado
de las actuaciones emprendidas a efectos cumplir con
la ejecución directa del mandato del propietario, la
implementación del plan de acción, el liderazgo de la
ejecución del PEMP y velar por el cumplimiento de los
lineamientos previstos en el mismo, según lo dispuesto
ARTÍCULO 4º-: CONFORMESE la mesa técnica
interinstitucional de seguimiento, acompañamiento y
apoyo técnico para la revisión y el desarrollo del PEMP
del Complejo Hospitalario San Juan de Dios e Instituto
Materno Infantil, cuyo objeto será el de realizar una
revisión técnica y de viabilidad del PEMP, a la luz del
Acuerdo Distrital 645 de 2016, “Por medio del cual,
se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social,
Ambiental y de Obras Públicas, para Bogotá D.C.,
2016-2019.”, a efectos de sugerir y gestionar ante el
Ministerio de Cultura las respectivas modicaciones
a que haya lugar, la cual, estará conformada con las
siguientes entidades:
1. La Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano
de Bogotá D.C.,
2. La Secretaría Distrital de Salud,
3. El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural y
4. La Secretaría Distrital de Planeación conformar
una mesa interinstitucional
ARTÍCULO 5º.- REMÍTASE copia del presente acto
administrativo al Juzgado Doce Administrativo De
Oralidad Del Circuito De Bogotá Sección Segunda,
Ubicado en la Carrera 57 No. 43-91, a la Empresa
de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C.,
a la Secretaría Distrital de Salud, el Instituto Distrital
de Patrimonio Cultural, a la Secretaría distrital de Pla-
neación y al Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a los seis (6) días del mes
de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORSO
Secretaria Jurídica Distrital
Decreto Número 472
(Septiembre 6 de 2017)
“Por medio del cual se corrige el parágrafo
3 del artículo 26 y el artículo 40 del Decreto
Distrital 397 de 2017 “Por el cual se establecen
los procedimientos, las normas urbanísticas,
arquitectónicas y técnicas para la localización
e instalación de Estaciones Radioeléctricas
utilizadas en la prestación de los servicios
públicos de TIC en Bogotá D.C., y se dictan otras
disposiciones”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las conferidas por los
numerales 1 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley
1421 de 1993, el artículo 45 de la Ley 1437 de
2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 397 de 2017 se es-
tablecen los procedimientos, las normas urbanísticas,
arquitectónicas y técnicas para la localización e insta-
lación de Estaciones Radioeléctricas utilizadas en la
prestación de los servicios públicos de TIC en Bogotá
D.C. y se dictan otras disposiciones.

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