DECRETO 634 RD 6202 - 23 de Noviembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 698089673

DECRETO 634 RD 6202

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6202 23 NOVIEMBRE 2017
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6202 • pP. 1-1 • 2017 • NOVIEMBRE 23
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Noviembre 21 de 2017)
“Por medio del cual se modifica el Decreto 318
de 2017, con el objeto de integrar al anuncio
del Proyecto de la Primera Línea del Metro de
Bogotá, la implementación del Ramal Técnico de
Conexión y la localización del Patio Taller.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial
las conferidas por el artículo 2.2.5.4.1 del
Decreto Nacional 1077 de 2015, el numeral 3 de
artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, en
concordancia con el Acuerdo Distrital 15 de
1999, y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Distrital 318 de 2017 modicó los De-
cretos 577 de 2013 y 425 de 2014 de Anuncio del Pro-
yecto Primera Línea de metro de Bogotá D.C., derogó
el Decreto Distrital 136 de 2015 y declaró la existencia
de especiales condiciones de urgencia por motivos de
utilidad pública e interés social para la adquisición de
predios necesarios para la ejecución del proyecto de
la Primera Línea del Metro de Bogotá.
Que dicho Decreto fue expedido en cumplimiento de
lo previsto en el artículo 2.2.5.4.1 del Decreto Nacional
1077 de 2015 y como consecuencia de los ajustes
efectuados al Proyecto inicial de la PLMB, producto de
los diversos estudios técnicos y económicos realizados
entre los años 2008 y 2016, conforme al resultado
del “(…) Estudio que compare alternativas de ejecu-
ción por tramos y tipologías de la Primera Línea de
Metro para la ciudad de Bogotá - PLMB identicando
y cuanticando ahorros que optimicen el benecio,
teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal para
la inversión y los costos de operación durante el ciclo
de vida del proyecto”, elaborado por la rma SYSTRA
en el marco del Convenio Interadministrativo 1880 de
2014, suscrito por el Instituto de Desarrollo Urbano y
la Financiera de Desarrollo Nacional.
Que el citado Decreto 318 de 2017 modicó el anuncio
del Proyecto de la Primera Línea del Metro de Bogotá,
contenido en el artículo 1 del Decreto Distrital 577 de
2013 adicionado por el artículo 1 del Decreto Distrital
425 de 2014 en el marco del Sistema Integrado de
Transporte Público (SITP) de Bogotá que se adoptó
en el Decreto Distrital 398 de 2009 para el Trazado de
la Primera Línea del Metro de Bogotá – PLMB – con-
tenido en el mapa anexo a dicho acto administrativo.
2014, adicionó el Decreto Distrital 577 de 2013, con el
n de anunciar la implementación del Ramal Técnico
de Conexión al trazado del Proyecto de la Primera
Línea del Metro de Bogotá D.C., en el marco del Sis-
tema Integrado de Transporte (SITP) de Bogotá, D.C.
Que el mencionado Decreto Distrital 425 de 2014 se
expidió con fundamento en los estudios denidos por
el Consorcio L1, con ocasión del contrato IDU 849 de
2013, suscrito entre el IDU y el citado consultor, quien
analizó una serie de alternativas que condujeron a la
selección de un predio para el patio taller con suelo idó-
neo para recibir la construcción de este equipamiento,
y ambientalmente apto para la operación del metro, el
cual se encontraba ubicado en la Localidad de Bosa
denominado “Bosa 37” con un ramal técnico de 5.6
Km aproximadamente, medido desde el portal de las
Américas, ubicado en la localidad de Bosa, pasando
el Parque Metropolitano El Recreo y cercano al río
Bogotá, en la Unidad de Tintal Sur.
Que la Financiera de Desarrollo Nacional, en el marco
del Convenio suscrito para la estructuración integral del
proyecto, contrató a la rma Consultoría Colombiana
(CONCOL) para realizar el “Estudio de alternativas,
DECRETOS DE 2017
AÑO 51
Número 6202
2017 NOVIEMBRE 23
REGISTRO
DISTRITAL

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