DECRETO LOCAL 009 RD 5637 - 22 de Julio de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 587370926

DECRETO LOCAL 009 RD 5637

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5637 22 JULIO 2015
EmisorAlcaldia Local de Engativa
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5637 • pP. 1-26 • 2015 • JUlIO 22
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Los procedimientos que se desprendan de esta obli-
gación se desarrollan orientados a garantizar el cum-
plimiento de la legislación vigente en materia de TICs
y para la utilización del material con derechos de pro-
piedad intelectual o licenciamiento están asociados al
presente reglamento y son de obligatorio cumplimiento.
ARTÍCULO 33. PROTOCOLOS TICs. El Área respon-
sable de las TICs, en coordinación con las Direcciones
Técnicas o las Subgerencias expedirá los protocolos
especícos para cada sistema o subsistema con el
objeto de estandarizar los procesos, con el conjunto de
reglas y procedimientos que deben respetarse dentro
de la Infraestructura de las TICs.
ARTÍCULO 34. VIGENCIA Y DEROGACIONES. La
presente resolución rige a partir de su expedición y
deroga las Resolución 168 de 2006 y 339 de 2007 y
todas aquellas que le fueren contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
SERGIO PARÍS MENDOZA
Gerente General
ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ
Decreto Local Número 009
(Junio 17 de 2015)
Por medio del cual se ajusta la Disponibilidad
Inicial en el Presupuesto de Ingresos y Gastos
del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para
la Vigencia Fiscal de 2015.
EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ
En uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, en especial las que le confiere el Artículo
36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta lo establecido en los artículos
37 y 38 del Decreto 372 de 2010 y la Circular CONFIS
No. 04 de 2015, una vez efectuado el ajuste de las
Obligaciones por Pagar y calculado el monto de los
Excedentes Financieros 2014, el CONFIS determinó y
distribuyó el valor de $54.714.751.207, por Excedentes
Financieros de los veinte Fondos de Desarrollo Local
– FDL a 31 de diciembre de 2014.
Que en el presupuesto de la vigencia 2015, se estimó
un valor de $56.767.405.000.oo en el rubro Disponi-
bilidad Inicial y atendiendo el cierre presupuestal a
31 de Diciembre de 2014, el monto se determinó por
$47.805.618.342.oo, por lo cual se debe ajustar la
Disponibilidad Inicial al monto establecido en el cierre
presupuestal.
Que mediante comunicación No. 2015EE148345 del 5
de Junio de 2015, la Directora Distrital de Presupuesto
direccionó a la Localidad para efectuar el trámite del
ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de
Engativá, párrafo segundo “Disminuir la Disponibilidad
Inicial programada en $56.767.405.oo en un monto
neto de $8.961.786.658.oo.”.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Engativá debe
ajustar el rubro Disponibilidad Inicial de la Vigencia
2015, frente al cierre de la vigencia 2014, mediante
una reducción presupuestal de $8.961.786.658.oo.
Que el artículo 36 del Decreto 372 de 2010 estipula “El
alcalde Local ajustará por Decreto las Obligaciones por
Pagar hasta por el monto real constituido al cierre de la
vigencia scal inmediatamente anterior y reejará en el
ingreso el monto ajustado en la disponibilidad Inicial”.
Que en merito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de
Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local
de Engativá para la vigencia scal 2015 conforme al
siguiente detalle:
RUBRO NOMBRE AUMENTAR REDUCIR
1. Disponibilidad
Inicial
$8.961.786.658.
oo
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto Local
rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días
del mes de junio de dos mil quince (2015).
CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA
Alcalde Local de Engativá
DECRETO LOCAL DE 2015

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