DECRETO LOCAL 010 RD 5651 - 13 de Agosto de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 587383170

DECRETO LOCAL 010 RD 5651

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5651 13 AGOSTO 2015
EmisorAlcaldia Local de Bosa
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5651 • pP. 1-5 • 2015 • agosto 13
elección a la Veeduría Distrital y/o a la Personería
Local, quienes dispondrán de los medios necesarios
para desempeñar sus funciones, sin perjuicio del de-
recho a participar de los contralores y de los veedores
ciudadanos.
ARTÍCULO OCTAVO: DE LA POSESIÓN DEL CON-
SEJO LOCAL DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA,
ALTERNATIVA Y POPULAR DE LA LOCALIDAD
DE BOSA. La Alcaldía Local coordinará todos los
aspectos que sean necesarios para la posesión de
los representantes al Consejo Local de Comunicación
Comunitaria, Alternativa y Popular de la localidad de
Bosa, en el lugar, fecha y hora que señale para tal
efecto, así mismo emitirá un acto administrativo reco-
nociendo los representantes elegidos.
Los delegados elegidos elaborarán su propio regla-
mento y establecerán su plan de acción.
ARTÍCULO NOVENO: DE LAS COMUNICACIONES.-
Toda comunicación o documento relacionado con el
proceso de elección deberá ser archivado en la ocina
de Planeación de la Alcaldía local de Bosa.
ARTÍCULO DÉCIMO: DE LOS RECLAMOS.- Los
reclamos que se presenten respecto del proceso de
elecciones, deberán ser presentados ante la Alcaldía
Local, debidamente sustentados y con los soportes
correspondientes, dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes a la culminación del proceso de elección
respectivo. El caso será resuelto por la ocina jurídica
de la Alcaldía Local.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: DE LAS AUSEN-
CIAS TEMPORALES O ABSOLUTAS: Perderán la
calidad de delegados o representantes ante el Consejo
Local de Comunicación Comunitaria, Alternativa y
Popular de la localidad de Bosa, quienes falten a dos
(2) reuniones continuas o tres (3) discontinuas, sin
justicación, caso en el cual la representación se le
entregará al suplente elegido por el tiempo que reste
del período.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del
mes agosto de dos mil quince (2015).
Ing. DIANA CALDERÓN ROBLES
Alcaldesa Local de Bosa
Decreto Local Número 010
(Agosto 12 de 2015)
Por el cual se efectúa una modificación
presupuestal en el presupuesto de Gastos de
Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local
de BOSA, para la vigencia fiscal 2015
LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA
En uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, en especial la que le confiere el artículo
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 31 del Decreto 372 de 2010:
“Los traslados presupuestales dentro del mismo
agregado se harán mediante Decreto expedido por el
Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán
para su validez del concepto previo favorable de la
Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital
de Presupuesto”.
Que, analizado el presupuesto de Gastos de Funcio-
namiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, de
la vigencia scal 2015 se requiere efectuar un traslado
al interior del mismo.
Que mediante ocio N° 2015EE197287 del 05-08-2015
la Secretaria Distrital de Hacienda-Dirección Distrital
de Presupuesto emitió concepto favorable al traslado
presupuestal al interior del presupuesto de Gastos de
Funcionamiento por valor de $8.000.000.
Que en mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Efectúese un contracredito en el pre-
supuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de
Desarrollo Local de Bosa, por valor de Ocho millones
de pesos m/cte ($8.000.000), conforme al siguiente
detalle:
Código
presupuestal
Nombre Contra
crédito
3 GASTOS $ 8.000.000
3.1 GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO
$ 8.000.000
3.1.2 GASTOS GENERALES $ 8.000.000
3.1.2.02. ADQUISICION DE SERVICIOS $ 8.000.000
3.1.2.02.05 MANTENIMIENTO Y
REPARACIONES
$ 8.000.000
3.1.2.02.05.01 Mantenimiento entidad $ 8.000.000
TOTAL CONTRACREDITO $ 8.000.000
ARTÍCULO 2. Efectúese un crédito en el Presupuesto
de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo

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