DECRETO LOCAL 015 RD 6204 - 27 de Noviembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 698089725

DECRETO LOCAL 015 RD 6204

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6204 27 NOVIEMBRE 2017
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-61 • 2017 • NOVIEMBRE 27
ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO: El proceso electoral
se llevará a cabo en instalaciones de la Alcaldía Local
de Engativá y/o en otras que eventualmente determi-
ne la organización electoral del mismo y su resultado
debidamente comunicado a la opinión pública, como
a las personas elegidas.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Posesión de dele-
gados y representantes. La posesión de consejeros y
consejeras locales elegidos(as) tendrá lugar en sesión
del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, a
instancias de la presidencia del mismo y constará en
el acta correspondiente.
PARÁGRAFO: De no inscribirse para la elección can-
didatos de alguna de las organizaciones de participa-
ción previstas en el artículo cuarto de este decreto o no
poderse elegir válidamente alguno de los requeridos,
una vez posesionados los elegidos el Consejo sesio-
nará y designará los faltantes según el procedimiento
que se establezca en el reglamento interno.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Reclamos.- Los re-
clamos que se presenten respecto de los procesos de
elección de delegados o representantes o su reempla-
zo, deberán ser dirigidos al Comité de garantías para
la elección, en donde se resolverán en la sesión más
próxima, con asesoría jurídica de la Alcaldía Local.
ARTÍCULO DECIMOQUINTO: Ausencias y reem-
plazo de delegados o representantes elegidos:
Perderán la calidad de delegados o representantes
elegidos ante el Consejo Local de Protección y Bien-
estar Animal, quienes falten a dos o más sesiones
ordinarias, sin justicación debida presentada dentro
de los cinco días inmediatamente siguientes al de la
sesión; caso en el cual la representación se suplirá
para el tiempo que reste del período, por el delegado
o representante que siguió en votación, dentro de la
respectiva organización, fundación, asociación o ac-
tividad, o, a falta de éste, por uno designado de con-
formidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo
decimotercero de este decreto.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO: Financiación.- Los cos-
tos que se desprendan de las acciones propias de los
procesos de información, convocatoria y elección de
delegados y representantes no institucionales, serán
asumidos en la medida de la disponibilidad y confor-
midad scal, con recursos instalados y eventualmente
apropiados, de las instituciones públicas integrantes
del Consejo y el Instituto Distrital de Protección y
Bienestar Animal.
PARÁGRAFO: La realización de planes, programas
y actividades que se establezcan en el Consejo Local
de Protección y Bienestar Animal que requieran re-
cursos materiales o económicos, implican la gestión
y obtención de ellos previamente de acuerdo con
la normatividad vigente, en particular, teniendo en
cuenta el Decreto 546 de 2016, por medio del cual
se crea el Instituto Distrital de Protección y Bienestar
Animal – IDPYBA y disposiciones que lo modiquen o
reemplacen, y según directrices distritales al respecto.
ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO. Vigencia.- El presen-
te decreto rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del
mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN
Alcaldesa Local de Engativá
ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA
Decreto Local Número 015
(Noviembre 22 de 2017)
Por el cual se efectúa una modificación
presupuestal en el Presupuesto de Inversión del
Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda,
para la vigencia 2017.
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En uso de sus facultades legales y en especial la
que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del
2010
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del
Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decre-
to puede realizar los traslados presupuestales dentro
del mismo agregado, previo concepto favorable de la
secretaria Distrital de Hacienda.
Que mediante ocio 2017EE287303 del 21 de No-
viembre de 2017, la Secretaria Distrital de Hacienda
conceptuó favorablemente a la Modicación Presu-
puestal.
Que mediante ocio 2-2017-62998 de fecha 16 de No-
viembre de 2017 la secretaria Distrital de Hacienda con-
ceptuó favorablemente a la Modicación Presupuestal.
Que el Proyecto 1312 “Fortalecimiento al desarrollo
Local” cuenta con recursos sucientes que no van a
ser ejecutados en la vigencia y podrán ser trasladados

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