DECRETO LOCAL 04 RD 6364 - 1 de Agosto de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 736263469

DECRETO LOCAL 04 RD 6364

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6364 1 AGOSTO 2018
325
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6364 • pP. 1-325 • 2018• AGOSTO 1
Dado en Bogotá, a los veinticuatro (24) días del
mes de julio de dos mil dieciocho (2018).
JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR
Alcalde Local de San Cristóbal.
Decreto Local Número 03
(Julio 25 de 2018)
“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de
Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local
de San Cristóbal para la vigencia fiscal de 2018”
QUE EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales y en especial las que le confiere el
artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 372 del 2010 en su artículo 36 estipula
que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por
cierre de la vigencia anterior mediante decreto local
previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Dis-
trital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que en la Resolución conjunta No. SDH – 002 del
2018, sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica
el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que mediante comunicación No 2018EE136583 del 19
de julio de 2018, la SHD_Direccion Distrital de Presu-
puesto, informo sobre los ajustes a la Disponibilidad
Inicial, una vez distribuido los excedentes nancieros
de los FDL por CONFIS.
En mérito de lo anterior:
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Ajustar la Disponibilidad Inicial en el
Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo
de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia
Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle:
Código Concepto Disminuir
1Disponibilidad Inicial 1.292.985.964
ARTÍCULO 2°: El presente Decreto Local rige a partir
de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los veinticinco (25) días del
mes de julio de dos mil dieciocho (2018).
JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR
Alcalde Local de San Cristóbal.
ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Decreto Local Número 04
(Julio 25 de 2018)
POR MEDIO DEL CUAL SE CONVOCA A
SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA
ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE
URIBE”
El Alcalde Local (E) de Rafael Uribe Uribe
En uso de las facultades legales y estatutarias
y en especial las conferidas por el Decreto Ley
1421 de 1993 y atendiendo lo dispuesto en el
CONSIDERANDO: Que el inciso segundo del artículo
71 del decreto Ley 1421 de 1993 prevé que los ediles
se reunirán extraordinariamente por convocatoria que
le haga el respectivo Alcalde Local. Debiendo sesionar
por el término que señale el Alcalde y únicamente
se ocuparan de los asuntos que él mismo someta a
consideración. (sic)
Que de conformidad con el Artículo 71 del Decreto
1421 de 1993 las JUNTAS ADMINISTRADORAS
LOCALES se reúnen ordinariamente por derecho
propio cuatro veces al año así: el primero de Marzo,
el primero de Junio, el primero de Septiembre, y el
primero de Diciembre.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a Sesiones Extraor-
dinarias a la Junta Administradora Local de Rafael
Uribe Uribe, para los días del 1 al 8 de agosto de 2018
inclusive, con el n de que discuta, considere y aprue-
be el Proyecto de Acuerdo “Por el cual se adiciona el
presupuesto anual de Rentas e Ingresos y Gastos e
Inversiones del fondo de Desarrollo Local de Rafael
Uribe Uribe, para la vigencia scal comprendida entre
el 1 de enero de 2018 y 31 de diciembre de 2018”
ARTÍCULO SEGUNDO: Durante el periodo de sesio-
nes extraordinarias señalado en el artículo anterior,
la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe,
se ocupará exclusivamente de dar el trámite de Ley al
Proyecto de Acuerdo.
Dado en Bogotá, a los veinticinco (25) días del
mes de julio de dos mil dieciocho (2018).

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