DECRETO LOCAL 06 RD 5609 - 9 de Junio de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 576396918

DECRETO LOCAL 06 RD 5609

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5609 9 JUNIO 2015
EmisorAlcaldia Local de Rafael Uribe Uribe
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5609 • pP. 1-16 • 2015 • JUNIO 9
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para las Líneas de Inversión Local en la formulación
de los Planes de Desarrollo local” y con el n de in-
crementar la cobertura del Apoyo Económico Tipo C,
y disminuir la segregación socioeconómica de ciuda-
danos mayores de 59 años y ciudadanas mayores de
54 años que no cuentan con un ingreso económico
permanente para aportar a sus necesidades básicas,
en las veinte localidades de la ciudad, $5.400.000.000
para apoyo económico para mujeres en ejercicio de
prostitución mayores de 35 años en 5 localidades.
Que en concordancia con lo señalado por el CON-
FIS, se asignó al FDL de San Cristóbal la suma de
$2.544.244.896 para Apoyo económico Tipo C al
adulto mayor.
Que mediante comunicación Nº 2-2015-20208 de 29
de abril de 2015 la Secretaría Distrital de Planeación
emitió concepto previo y favorable a la modicación
propuesta
De igual forma y en consonancia con el Artículo 31
Modicaciones Presupuestales del Decreto 372 de
2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite
c) Adición por Excedentes Financieros la adición
presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se
hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la
distribución que efectúe el CONFIS”.
En este sentido, la Circular CONFIS N° 04 del 2015,
comunica que en la sesión N° 03 del 31 de marzo y
01 de abril de 2015, conforme a lo establecido en los
artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS
determino la distribución de los excedentes nancieros
obtenidos en la vigencia scal 2014. Sobre estas con-
sideraciones la adición de los excedentes nancieros a
los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo
Local, por parte de las JAL no requiere de conceptos
adicionales.
Una vez realizada la adición de los excedentes nan-
cieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo
de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de
incorporación de los recursos adicionados al Proyecto
939 Atención integral a personas mayores disminuyen-
do la discriminación y la segregación socioeconómica
el cual se debe tramitar de conformidad con las normas
presupuestales vigentes.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°: Adicionar el Presupuesto de Ingresos
y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San
Cristóbal para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme
al siguiente detalle:
Código Concepto Valor
2. Ingresos 2.544.244.896
2.4 Recursos de Capital 2.544.244.896
2.4.5 Excedentes Financieros 2.544.244.896
TOTAL INGRESOS 2.544.244.896
3. Gastos 2.544.244.896
3.3 Inversión 2.544.244.896
TOTAL GASTOS 2.544.244.896
ARTICULO 2°: El presente Acuerdo Local rige a partir
de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días
del mes de mayo de dos mil quince (2015).
GUILLERMO ANTONIO VELANDIA NIÑO
Presidente JAL
Sanción del Acuerdo por El Alcalde Local
JAIRO LEÓN VARGAS
Alcalde Local de San Cristóbal
Fecha de sanción 02 de junio de 2015.
ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Decreto Local Número 06
(Junio 4 de 2015)
“POR EL CUAL SE SANCIONA EL ACUERDO
LOCAL No. 001 DE 2015 POR MEDIO DEL
CUAL SE CREA EL CONSEJO LOCAL LGBTI
Y SOBRE IDENTIDADES DE GENERO Y
ORIENTACIONES
SEXUALES EN LA LOCALIDAD 18 DE RAFAEL
URIBE URIBE”.
En uso de sus facultades constitucionales y
legales y especialmente las previstas en los Ar-
tículos 75, 77, 81 y 83 del Decreto 1421 del 21 de
Julio de 1993.
CONSIDERANDO:
Que mediante acta No. 052 del 11 de marzo de 2015,
se reunieron los Honorables Ediles de la Junta Admi-
nistradora Local de la Localidad Rafael Uribe Uribe,
DECRETOS LOCALES DE 2015

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