DECRETO LOCAL 011 RD 4783 - 30 de Noviembre de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438363014

DECRETO LOCAL 011 RD 4783

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4783 30 NOVIEMBRE 2011
EmisorAlcaldia Local de Suba
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4783 • pP. 1-22 • 2011 • NOVIEMBRE 30
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un acta que será suscrita por todos los miembros
asistentes al comité.
PARÁGRAFO: El Comité podrá evaluar en cada reu-
nión, la necesidad de invitar a participar a otras per-
sonas, ya sea de nivel interno o externo a la Empresa.
ARTÍCULO 29.- FUNCIONES.
El Comité de Inversiones es el encargado de analizar
el comportamiento del mercado nanciero, nacional e
internacional, y las posiciones, compromisos y ujos de
caja de la Empresa, con el n de denir las estrategias
de inversión acorde con las políticas establecidas por
el Comité de Riesgos, y bajo los principios de segu-
ridad, liquidez y rentabilidad, y tendrá las siguientes
funciones.
a. Mantener un seguimiento permanente y
adecuado del comportamiento del Porta-
folio de la Empresa.
b. Proponer estrategias y lineamientos de
la Administración para todos los fondos
de la Empresa, atendiendo los límites y
cupos dados por el Comité de Riesgos.
c. Denir las estrategias de administración
de los Fondos que administre directamen-
te la Empresa.
d. Velar por el cumplimiento de las políticas
y estrategias denidas para la realiza-
ción de operaciones con los Fondos que
administre directamente, bien sea con
los productos existentes o con nuevos
productos autorizados por el Comité de
Riesgos
e. Velar por el cumplimiento de los manuales
de funciones y procedimientos estable-
cidos para las distintas actividades que
realizan los funcionarios de la Tesorería
f. Velar por el correcto comportamiento,
profesionalismo, honestidad y competen-
cia de los funcionarios involucrados en la
realización de operaciones de tesorería
de la compañía.
g. Velar que el personal esté debidamente
entrenado, en el conocimiento pleno de
la normatividad y comprometido con las
políticas y prácticas de la Tesorería y de
la organización.
ARTÍCULO 30.- SECRETARIA DEL COMITÉ.
La Secretaría del Comité de Inversiones será ejercida
por un Profesional de la Gerencia Financiera designado
por el Gerente Corporativo Financiero.
ARTÍCULO 31.- FUNCIONES DEL SECRETARIO
DEL COMITE.
El Secretario, tendrá entre otras, las siguientes fun-
ciones: Vericar el quórum, proponer el orden del día,
elaborar y hacer lectura a las actas, remitir copia de
las actas suscritas a los miembros del Comité, coor-
dinar la agenda de trabajo y hacer seguimiento a los
compromisos del Comité.
ARTÍCULO 32.- DEROGATORIA Y VIGENCIA.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de
su publicación y deroga la Resolución 1314 del 28 de
diciembre de 2007, y las demás disposiciones que le
sean contrarias.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días
del mes de noviembre de dos mil once (2011).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
LUIS FERNANDO ULLOA VERGARA
Gerente General
ALCALDÍA LOCAL DE SUBA
Decreto Local Número 011
(Noviembre 28 de 2011)
“Por el cual se efectúan unos traslados en el
Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamien-
to del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la
Vigencia Fiscal de 2011”.
EL ALCALDE LOCAL DE SUBA
En uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, en especial las que le conere la Consti-
tución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421
de 1993, el Decreto 372 del 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 372 de 2010 describe en su “ARTÍ-
CULO 31º. Modicaciones Presupuestales. Cuando
fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer
otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes
modicaciones al presupuesto mediante traslados, cré-
DECRETO LOCAL DE 2011

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