DECRETO LOCAL 011 RD 5130 - 30 de Mayo de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 441404558

DECRETO LOCAL 011 RD 5130

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5130 30 MAYO 2013
EmisorAlcaldia Local de Usme
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5130 • pP. 1-10 • 2013 • MAYO 30
10
“Artículo 38. Contenido. La licencia de tránsito
contendrá, como mínimo, los siguientes datos:
 Característicasdeidenticacióndelvehículo,tales
como: marca, línea, modelo, cilindrada, potencia,
número de puertas, color, número de serie, núme-
rodechasis,númerodemotor,tipodemotoryde
carrocería.
Número máximo de pasajeros o toneladas:
Destinación y clase de servicio:
Nombre del propietario, número del documento
deidenticación,huella,domicilioydirección.
Limitaciones a la propiedad.
Número de placa asignada.
 Fechadeexpedición.
 Organismodetránsitoquelaexpidió.
Número de serie asignada a la licencia.
 Númerodeidenticaciónvehicular(VIN).
 (…).”(Negrillasajenasaltextooriginal)
 Siendoelloasí,dableescolegirquelosvehículos
ocialesalosquesereereelConsejo deEsta-
do en el fallo arriba referenciado, serán aquellos
que,además de estardestinados al servicio de
una entidad pública, se encuentren registrados,
según su licencia de tránsitocomodeservicio
ocialyqueportalrazónlehayansidoasignadas
las correspondientes placas de servicio ocial.
Enesteorden deideas, correspondea laadmi-
nistracióndepartamentalvericarlascondiciones
paraqueunvehículoseaonoconsiderado,para
efectostributarios,comode servicioocialy por
esavíadenirsusujeciónonoalimpuestosobre
vehículosautomotores.
De lo anteriormente expuesto se reitera que no
songravadoslosvehículosdeservicioocial,enel
entendidoquetaldestinaciónyclaseseencuentra
contenidaenla licenciadetránsito delvehículo.
(…)”
En estos términos este concepto modica el concepto
2009EE10533 38 / 29-01-09 y todos los demás que
sean contrarios al presente.
Cordial Saludo
(Firma Ilegible)
ALCALDÍA LOCAL DE USME
Decreto Local Número 011 de 2012
(Diciembre 4 de 2012)
“Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental
Local de USME”.
EL ALCALDE (SA) LOCAL DE USME
En uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por el Estatuto Orgánico de Bogotá,
D.C., Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Constitución Política de Colom-
bia preceptúa que “Son nesesenciales delEstado:
serviralacomunidad,promoverlaprosperidadgeneral
ygarantizarlaefectividaddelosprincipios,derechos
ydeberesconsagrados enla Constituciónfacilitar la
participacióndetodosenlasdecisionesquelosafec-
tanyen lavida económica,política, administrativay
culturalde la Nación defenderla independencia na-
cional,mantenerlaintegridadterritorial yasegurarla
convivenciapacícaylavigenciadeunordenjusto”.
Que de conformidad con el artículo 79 ídem, “Todas las
personastienenderechoagozardeunambientesano.
Laleygarantizarálaparticipacióndelacomunidaden
lasdecisionesquepuedanafectarlo(…).”
Que el Decreto 456 de 2008 “Por el cual se reforma
elPlandeGestiónAmbientaldelDistritoCapitaly se
dictanotrasdisposiciones”establecequeelPGA “es
elinstrumentodeplaneacióndelargoplazodeBogotá
D.C.eneláreadesujurisdicción,quepermiteyorienta
lagestiónambientaldetodoslosactoresdistritalescon
elpropósitodequeelprocesodedesarrollopropenda
porlasostenibilidaddelterritoriodistritalylaregión”.
Que los artículos 8 y 9 ídem establecen los objetivos
y estrategias de largo plazo para la gestión ambiental
en el Distrito Capital.
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 7 del
Decreto Distrital 509 de 2009, ““Por el cual se reforma
el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se
dictan otras disposiciones”, Modicado por el art. 2,
Decreto Distrital 509 de 2009. Participación de las Lo-
calidades en la programación y ejecución del Plan de
Gestión Ambiental. La participación de las Localidades
en la programación y ejecución del Plan de Gestión
Ambiental se concretará con la formulación y adopción
del componente ambiental en sus Planes de Desarrollo
Local y las Agendas Ambientales Locales.
DECRETO LOCAL DE 2012

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