DECRETO LOCAL 15 RD 3360 - 13 de Julio de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447988762

DECRETO LOCAL 15 RD 3360

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3360 13 JULIO 2005
EmisorAlcaldia Local de Antonio NariÑo
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3360 • pP. 1-66 • 2005 • JULIO 13
66
citar a las Juntas Administradoras Locales a sesiones
extraordinarias, a partir del 13 de mayo de 2005 y hasta
el inicio de las sesiones ordinarias establecidas en el
Decreto Ley 1421 de 1993",
Que, una vez conocido el contenido del Decreto Distrital
142 de 2005, por parte de la alcaldesa local (e), en re-
unión de alcaldes locales, sostenida el 14 de mayo del
año en curso, para este efecto procede a darle cumpli-
miento, de conformidad con su competencia y dentro
del término establecido en el mismo.
Que la Junta Administradora Local de Usaquén se re-
unirá para sesionar extraordinariamente, con el fin de
finalizar el proceso establecido en el Decreto Nacional
1350 de 2005 y el Decreto Distrital 142 de 2005.
En mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Convocar a sesiones extraor-
dinarias por el período comprendido entre el 18 de Julio
de 2005 y el 27 del mismo mes, con el fin de que la
Junta Administradora Local finalice el proceso de inte-
gración de la terna para la designación del alcalde o
alcaldesa local, por parte del Alcalde Mayor, conforme
a las disposiciones y términos contenidos en el Decre-
to Distrital142 de 2005.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir
de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CLAUDIA MARIA BUITRAGO RESTREPO
Alcaldesa Local de Usaquén(E)
ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
Decreto Local Número 15
(Julio 11 de 2005)
"Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias
a la Junta Administradora Local"
LA ALCALDESA LOCAL (E) DE ANTONIO NARIÑO,
en uso de sus facultades legales y en especial las
conferidas por el artículo 71 del Decreto Ley 1421
de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que el Inciso segundo del artículo 71 del Decreto Ley
1421 de 1993 prevé que los ediles se reunirán extraor-
dinariamente por convocatoria que les haga el respecti-
vo alcalde local. Debiendo sesionar por el término que
señale el alcalde local y únicamente se ocuparan de
los asuntos que él mismo someta a su consideración.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 1350
de mayo 2 de 2005, por el cual se reglamentan parcial-
mente los artículos 84 y 102 del Decreto Ley 1421 de
1993, en lo referente con el proceso de integración de
ternas para la designación de los alcaldes locales.
Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., profirió el De-
creto Distrital No. 142 de mayo 13 de 2004, dando cum-
plimiento al artículo 10 del Decreto Nacional No. 1350
de 2005.
Que la Junta Administradora debe continuar con el pro-
cedimiento establecido en el Decreto Nacional No. 1350
de mayo 2 de 2005 y en el Decreto Distrital No. 142 de
mayo 13 de 2005, para conformar la terna de candida-
tos a alcalde local de Antonio Nariño.
En mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Convocar a sesiones extraor-
dinarias por el período comprendido entre el veintiuno
(21) de julio al veintisiete (27) de julio de dos mil cinco
(2005) inclusive, con el fin de que la Junta Administra-
dora continúe el proceso establecido en el Decreto Na-
cional 1350 y Distrital No. 142 de 2005, para la selec-
ción de la terna a alcalde local de Antonio Nariño.
ARTICULO SEGUNDO.- El Presente Decreto rige a partir
del día 12 de julio de 2005.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los once (11) días del mes
de julio del año dos mil cinco (2005).
NUBIA RODRIGUEZ RUBIO
Alcaldesa Local (E)

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