DECRETO LOCAL 007 RD 5200 - 16 de Septiembre de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 489194286

DECRETO LOCAL 007 RD 5200

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5200 16 SEPTIEMBRE 2013
EmisorAlcaldia Local de Engativa
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5200 • pP. 1-32 • 2013 • septiembre 16
32
alcalde Local ajustará por Decreto las Obligaciones por
Pagar hasta por el monto real constituido al cierre de la
vigencia scal inmediatamente anterior y reejará en el
ingreso el monto ajustado en la disponibilidad Inicial”.
Que en merito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Ajustar el Presupuesto de
Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local
de Engativa para la vigencia scal 2013 conforme al
siguiente detalle:
RUBRO NOMBRE AUMENTAR REDUCIR
1. Disponibilidad
Inicial $ 8.932.767.265.oo
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto Local
rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los cinco (5) días del mes
de septiembre de dos mil trece (2.013).
CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA
Alcalde Local de Engativá
Decreto Local Número 007
(Septiembre 9 de 2013)
“Por medio del cual se efectúa un Traslado
Presupuestal para la vigencia scal 2013 en el
Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de
Desarrollo Local de Engativa”.
EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ
En ejercicio de sus atribuciones constituciona-
les y legales y en especial las que le conere el
Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto
de 2010, Modicaciones Presupuestales: “Cuando
fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer
otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes
modicaciones al presupuesto mediante traslados, cré-
ditos adicionales, reducciones y suspensión temporal
de apropiaciones, según lo siguiente:
1. Traslado Presupuestal: Es la modicación que
disminuye el monto de una apropiación para
aumentar, en la misma cuantía, la de otra del
mismo agregado presupuestal o entre agregados
presupuestales aprobados por la JAL. La dispo-
nibilidad de las apropiaciones para efectuar los
traslados presupuestales, será certicada por el
responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.
Los traslados presupuestales dentro del mismo agrega-
do se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde
Local. Estos actos administrativos requerirán para su
validez del concepto previo favorable de la Secretaría
Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presu-
puesto. Los traslados entre agregados presupuestales
se aprobarán por la Junta Administradora Local previo
concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el
Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de cuerdo
respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de
inversión requerirán del concepto previo favorable de
la Secretaría Distrital de Planeación.
Que la Circular No. 009 del 22 de Marzo de 2011, sus-
crita por Secretaria Distrital de Gobierno y la Secretaria
Distrital de Hacienda, señala los lineamientos para el
saneamiento de las Obligaciones por Pagar constitui-
das por los Fondos de Desarrollo Local.
Que la Alcaldía Local de Engativá el 1 de Junio de
2011, FENECIO y LEBERÓ Obligaciones por Pagar
“constituídas a 31 de Diciembre de 2010 y vigencias
anteriores” tanto de contratos suscritos por el Fondo
de Desarrollo Local como de las UELS, por un total de
$1.937.926.225.68, según Ocio CAF FDLE 2011-285.
Que en el ocio mencionado anteriormente, se anexo
listado por UEL, de cada uno de los compromisos a
fenecer y se acordó, por lo tanto, efectuar la anulación
correspondiente en el Sistema PREDIS.
Que para la UEL de la Secretaria Distrital de Inte-
gración Social, se autorizó fenecer $194.444.911.04,
según la relación de compromisos anexos al ocio
CAF-FDLE 2011-285.
Que en la relación de compromisos fenecidos de la
Secretaria Distrital de Integración Social se encuentran
los saldos adeudados a AR TRIPLE A CORREDORES
DE BOLSA S.A. correspondientes a los Contratos de
Mandato Números 2712 de 2007 y 2781 de 2008, por
un monto total de TRES MILLONES TRESCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y
DOS PESOS ($3.339.532.oo) MCTE.
Que la Administración Local debe dar cumplimiento al
numeral 1.3 ACCIONES CORRECTIVAS, 1.3.3., párra-

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