DECRETO LOCAL 06 RD 5390 - 9 de Julio de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538440938

DECRETO LOCAL 06 RD 5390

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5390 9 JULIO 2014
EmisorAlcaldia Local de Ciudad Bolivar
9
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5390 • pP. 1-9 • 2014 • JULIO 9
Acuerdo Local de conformidad con las facultades que
para el efecto le coneren los artículos 75, 76, 77 y 78
del Decreto Ley 1421 de 1993.
Que el inciso segundo del Artículo 71 del Decreto Ley
1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.),
prevé que los Ediles se reunirán extraordinariamente
por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde
Local por el término que éste señale y únicamente se
ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su
consideración.
Que es deber de las Corporaciones Públicas y au-
toridades locales promover, coordinar e integrar las
diferentes iniciativas de Paz.
Que las autoridades locales deben procurar una cons-
trucción colectiva en la cual la Sociedad Civil en toda
su diversidad esté llamada a ser protagonista
Que la construcción de la paz es la más valiosa opor-
tunidad para afrontar y buscar de forma progresiva y
planicada –como compromiso de país– la superación
de causas estructurales que dan lugar a la exclusión, la
desigualdad, la inequidad, la impunidad y la corrupción.
Que la actual coyuntura social política ha demostrado
el deseo del pueblo colombiano de alcanzar la paz
mediante soluciones negociadas al conicto que vive
el país. Estos deseos requieren respuestas desde el
punto de vista institucional para fortalecer los procesos
locales que se han desarrollado desde la base social,
encaminados a la consecución de los nes anterior-
mente citados.
Que mediante Decreto Local 02 del 03 de julio de 2014,
la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, solicitó se-
siones extraordinarias a la Junta Administradora Local
para debatir la aprobación del proyecto de acuerdo
“Por medio del cual se crea, aprueba y reglamenta el
consejo local de Paz de Rafael Uribe Uribe”
Que en sesión extraordinaria del 4 de Julio de 2014
la Junta Administradora Local solicitó a la Alcaldesa
Local adicionar y/o prorrogar por ocho (8) días más
las sesiones extraordinarias para el análisis, debate
y aprobación del citado proyecto de acuerdo
Que para continuar con el análisis, debate y aprobación
del citado proyecto de acuerdo la Alcaldesa Local
debe prorrogar el término anterior por ocho (8) días.
En mérito de lo anterior
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar las sesiones extraordinarias
de la Junta Administradora Local por (8) días, para
cumplir con el análisis, debate y aprobación del pro-
yecto de acuerdo “por medio del cual se crea aprueba
y reglamenta el consejo local de paz de Rafael Uribe
Uribe”, comprendidos entre el ocho (8) de julio y el
quince (15) de julio inclusive
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto Local rige a partir
de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los tres(Sic.) (04) días del
mes de julio de dos mil catorce (2014).
DIANA MABEL MONTOYA REINA
Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe
ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR
Decreto Local Número 06
(Julio 3 de 2014)
Por medio del cual se efectúa una modicación
al Presupuesto Anual de Gastos de Inversión
del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar
para la Vigencia Fiscal 2014”.
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR
En ejercicio de sus atribuciones constituciona-
les y legales y en especial las que le conere el
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agos-
to de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso pre-
supuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”,
en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del
15 de septiembre de 2010, “Por medio de la cual
se adopta el Manual del proceso presupuestal de los
Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo 3º, nu-
meral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados
presupuestales dentro del mismo agregado se harán
mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos
actos administrativos requerirán para su validez del
concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital
de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la
Secretaria Distrital de Planeación”.
Que la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar en cumplimien-
to de las Metas establecidas en el Plan de Desarrollo
para la Vigencia Fiscal de 2.014, ajusta el presupuesto
destinado a la ejecución de los gastos de Inversión

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