Decreto número 4964 de 2009, por el cual se modifica el Decreto 2190 del 12 de junio de 2009.
Emisor | Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial |
Número de Boletín | 47572 |
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del articulo 189 de la Constitucion Politica, DECRETA:
Coeficientes de distribucion departamental de recursos. Para cumplir con la distribucion de recursos del Presupuesto Nacional destinados al subsidio familiar de vivienda urbana, asignado a traves del Concurso de Esfuerzo Territorial Departamental, se identifican las regiones con mayor rezago habitacional generado por la presencia de carencias cuantitativas y cualitativas de vivienda, combinadas con la concentracion de los mayores crecimientos de poblacion de cada uno de los departamentos. El indicador que reune los anteriores factores, es el resultado de la combinacion de la distribucion del deficit habitacional y su incidencia y la distribucion del crecimiento de la poblacion, obtenido de la comparacion del censo de 1993 y el Censo 2005. El deficit habitacional utilizado para efectos de la construccion del indicador, es el elaborado por el DANE con base en los resultados del censo de poblacion 2005 y conforme a la metodologia aprobada por el Consejo Superior de Vivienda: CD = [(α * (PDT )) + (α * (PIDT )) + (α * (PDΔP ))], i 1 i 2 i 3 i05- i93 Donde: CD : Coeficiente de distribucion del departamento i i PDT:
Participacion del deficit habitacional del departamento i sobre el deficit habitacional nacional urbano. PIDT : Participacion de la incidencia del deficit habitacional del departamento i i sobre el deficit habitacional nacional urbano. PDΔP : Participacion del cambio poblacional urbano (i05-93) del departamento i05- i93 i, sobre el cambio de poblacion nacional urbano (i05-93). α α α : Ponderadores cada una del 33,33% 1, 2, 3 En el año 2009 se establece un regimen de transicion para el calculo de los coeficientes de distribucion departamental de los recursos de que trata el literal b) del articulo 11 del Decreto 2190 de 2009, utilizando para ello un porcentaje de los coeficientes establecidos en el articulo 12 del Decreto 975 de 2004 y los coeficientes calculados con la metodologia determinada en el presente articulo, respectivamente, 30% y 70%. A partir del año 2010 se utilizaran los...
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