Decreto número 4862 de 2009, por el cual se modifica el artículo 9° del Decreto 1717 de 2002. - 11 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 73125485

Decreto número 4862 de 2009, por el cual se modifica el artículo 9° del Decreto 1717 de 2002.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47560

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 15 del articulo 189 de la Constitucion Politica y el articulo 52 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1717 del 6 de agosto de 2002 se dispuso la disolucion y liquidacion de la Fiduciaria del Estado S. A. Fiduestado, domiciliada en Bogota, D. C., señalando, en su articulo 9°, un plazo para la liquidacion de dos (2) años contados a partir de su promulgacion. Que el articulo 2° del Decreto 2421 de 2004 modifico el articulo 9° del Decreto 1717 2002, estableciendo como plazo para la liquidacion de la Fiduciaria del Estado S. A. en Liquidacion, el 31 de enero de 2006.

Que mediante el articulo 1° del Decreto 226 de 2006 se modifico el articulo 9° del Decreto 1717 de 2002, disponiendo como plazo para la liquidacion de la Fiduciaria del Estado S. A. en Liquidacion, el 31 de julio de 2006. Que a traves del articulo 1° del Decreto 2508 de 2006 se modifico el articulo 9° del Decreto 1717 de 2002, fijando el plazo para la liquidacion de la entidad hasta el 30 de junio de 2007. Que el articulo 1° del Decreto 2467 de 2007 modifico el articulo 9° del Decreto 1717 de 2002, disponiendo que el proceso de liquidacion de la entidad debera concluir a mas tardar el 30 de junio de 2009. Que el articulo 1° del Decreto 2377 de 2009 modifico el articulo 9° del Decreto 1717 de 2002, disponiendo que el proceso de liquidacion de la entidad debera concluir a mas tardar el 31 de agosto de 2009. Que el articulo 1° del Decreto 3267 de 2009 modifico el articulo 9° del Decreto 1717 de 2002, disponiendo que el proceso de liquidacion de la entidad debera concluir a mas tardar el 31 de diciembre de 2009. Que el Gerente Liquidador de la Fiduciaria del Estado S. A., en Comunicacion GL-344 del 17 de noviembre de 2009 dirigida al Ministerio de Hacienda y Credito Publico, expone las razones que justifican la prorroga del plazo previsto para la culminacion del proceso liquidatorio de la entidad que vence el 31 de diciembre de 2009. Que en desarrollo de la facultad establecida en el literal b) del articulo 296 del Estatuto Organico del Sistema Financiero...

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