Decreto n° 0095 del municipio de Puerto Gaitán, 23-04-2024 - Normativa - VLEX 1032116207

Decreto n° 0095 del municipio de Puerto Gaitán, 23-04-2024

Fecha de publicación05 Abril 2024
Fecha23 Abril 2024
Año2024
Tipo de documentoDecreto
FORMATO DECRETO ADMINISTRATIVO
GDO-FR-24 VO1
Vigente desde 01/01/2022
DECRETO ADMINISTRATIVO No. 0095
05 de abril de 2024
"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EN EL
DESPACHO DEL ALCALDE MUNICIPAL DE PUERTO GAITÁN - META".
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE PUERTO GAITÁN — META.
En uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 3 del
modificado parcialmente por la Ley 1551 de 2012, el Decreto 1042 de 1978, Ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO,
Que, el artículo 1° de la Constitución política establece que
"Colombia es un Estado social de derecho
organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades
territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana,
en
el
trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés generar'.
Que, la Ley 136 de 1994 articulo 91 Literal D Numeral 1° y modificada parcialmente por la Ley
1551 de 2012 en su artículo 29 respecto a las funciones de los alcaldes, compiló ésta misma
disposición y dispuso entre otras
"dirigir la acción administrativa del municipio, así como velar por el
cumplimiento de las funciones de los empleados oficiales y asegurar el cumplimiento de las funciones
y la prestación de los servicios a su cargo".
Que, el artículo 2 de la Ley 909 de 2004, establece como uno de los principios de la función pública,
la flexibilidad de la organización y de la gestión pública.
Que, la Ley 1437 de 2011 en su art. 7° Nral 2° dispone que internamente corresponde a la
administración reglamentar todo lo concerniente a la atención al público, Garantizando el
cumplimiento de cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan
las necesidades del servicio.
Que, la atención al público de la Alcaldía Municipal de Puerto Gaitán - Meta, es de lunes a viernes de
07:30 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m, el equivalente a ocho (8) horas laborales diarias.
Que, por instrucción del Señor Alcalde Municipal, dispuso realizar una atención al público con enfoque
diferencial a la comunidad que necesite atención desde el Despacho del Alcalde Municipal de Puerto
Gaitán Meta, durante los días
martes, miércoles y jueves
para la vigencia 2024.
Que, con el fin de mejorar la calidad de la atención al ciudadano y generar una relación de confianza
y credibilidad con la población indígena — étnicos, población del área rural y del área urbana del
Municipio de Puerto Gaitán Meta, y brindar una eficiente orientación directa entre el alcalde y el
ciudadano se implementara los días martes a la población Indígena - étnicos, los días miércoles a la
comunidad en general, del área rural y los días jueves a la comunidad en general, del área urbana
del Municipio de Puerto Gaitán Meta.
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Código Postal 502041
Calle 10 N°10-60 Barrio Centro, Palacio Municipal
Teléfonos: 3203750721 / 3128854597
alcaldia@puertogaitan-meta.gov.co

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