Decreto N° 0102 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 06-02-2019 - Normativa - VLEX 879101676

Decreto N° 0102 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 06-02-2019

Año2019
Fecha de publicación05 Abril 2019
Fecha06 Febrero 2019
Tipo de documentoDecreto
Creada por Acuerdo Nº 5 de 1987 del Concejo Municipal
Gaceta Oficial Nº4598
Contenido
Acuerdo 112 DE 2019 2
“Por medio del cual se deroga el Acuerdo Municipal No. 8 del 13 de mayo de 1985”
DECRETO 0102 DE 2019 3
(FEBRERO 06)
“Por medio del cual se crea el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias -CRUE- para el Municipio de
Medellín, se implementa el Sistema de Emergencias Médicas-SEM, se modica el artículo 20 del Decreto
Municipal 1240 de 2015 - Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres - CMGRD- y se dictan
otras disposiciones”
DECRETO 0190 DE 2019 15
(MARZO 07)
“Por medio del cual se realiza un nombramiento ordinario en la Administración Municipal”
DECRETO 0191 DE 2019 16
(MARZO 07)
“Por medio del cual se realiza un nombramiento ordinario en la Administración Municipal”
DECRETO 0200 DE 2019 17
(MARZO 13)
“Por medio del cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en la Administración Municipal”
DECRETO 0261 DE 2019 19
(ABRIL 02)
“Por el cual se adopta el enfoque denominado “Visión Cero” en materia de seguridad vial para el municipio
de Medellín y se dictan otras disposiciones”
DECRETO 0283 DE 2019 24
( ABRIL 05 )
Por medio del cual se establece el pago de nómina quincenal para los empleados públicos del nivel central
del Municipio de Medellín y de los docentes municipales nanciados con recursos propios.
OTROSÍ No. 3 AL CONTRATO DE EMPRÉSTITO INTERNO CELEBRADO ENTRE CENTRALES ELÉCTRICAS DEL NORTE DE
SANTANDER S.A. E.S.P.Y BANCO POPULAR S.A
25
RESOLUCIÓN 201950019861 DE 2019 29
(06 DE MARZO)
“Por medio de la cual se modica el sentido de circulación bidireccional de calle 37 entre carrera 77 y carrera
80 a sentido de circulación, occidente - oriente, localizado en la comuna no. 11 Laureles- Estadio.”
RESOLUCIÓN Nro. 201950033598 del 22 de Marzo de 2019 31
POR MEDIO DE LA CUAL SE INFORMA LA DIGITALIZACIÓN E IMPLEMENTACION DE LA FIRMA
MECANICA DEL SUBSECRETARÍO DE INGRESOS EN ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER
TRIBUTARIO MUNICIPAL PARA LA EXPEDICIÓN DE RESOLUCIONES SANCIÓN Y LIQUIDACIONES DE
AFORO VIGENCIA 2013
RESOLUCIÓN 201950035925 DE 2019 44
(01 de Abril)
“Por medio de la cual se autoriza temporalmente la modicación del recorrido de la ruta 069 de la empresa
COOPETRANSA por el proyecto “Construcción de redes para los circuitos Nutibara, Campestre, Corazón,
Versalles, Berlín del Municipio de Medellín”.
Resolución 201950038020 46
5 de abril de 2019
“Por medio de la cual se regula el artículo 29 de la Ley 130 de 1994, y la Resolución 0715 de 2019 del
Consejo Nacional Electoral y se dictan otras disposiciones”
Año XXV - 58 páginas
Dirección
Secretaria de Gestión
Humana y Servicio a la
Ciudadanía
Coordinación
Archivo Central
Alcaldía de Medellín
Medellín,
Abril 05 de 2019
Pág.
2
Gaceta Oficial Nº4598
Acuerdo 112 DE 2019
“Por medio del cual se deroga el Acuerdo Municipal No. 8 del 13 de mayo de 1985”
EL CONCEJO DE MEDELLÍN
En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en
especial las otorgadas en el artículo 313 de la Constitución
Política y el parágrafo segundo del artículo 32 de la Ley 136
de 1994, modicado por el artículo 18 de la Ley 1551 de 2012,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Derogar el Acuerdo Municipal No. 8
del 13 de mayo de 1985 “Por medio del cual, se determina
el período de pago a los empleados y trabajadores del
Municipio de Medellín”.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir
de la fecha de su publicación.
Dado en Medellín a los 2 días del mes de abril de dos mil diecinueve (2019).
___________________________ Presidente
JAIME ALBERTO MEJÍA ALVARÁN
___________________________ Secretario
JORGE IVÁN MEJÍA MARTÍNEZ
Gaceta Oficial Nº4598
3
DECRETO 0102 DE 2019
(FEBRERO 06)
“Por medio del cual se crea el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias -CRUE-
para el Municipio de Medellín, se implementa el Sistema de Emergencias Médicas-SEM,
se modica el artículo 20 del Decreto Municipal 1240 de 2015 - Consejo Municipal de
Gestión del Riesgo de Desastres - CMGRD- y se dictan otras disposiciones”
EL ALCALDE DE MEDELLÍN
En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en
especial las conferidas por el artículo 315 de la C.P., el
artículo 44 de la Ley 715 de 2001, el artículo 2.5.3.2.17 del
Decreto 780 de 2016 y los el artículo 4 y parágrafo del 9 de
CONSIDERANDO QUE
La Constitución Política en los artículos 44, 48, 49 y 50
consagra el derecho a la Seguridad Social y la atención en
salud como servicios públicos a cargo del Estado. Así mismo,
en el artículo 315 instituye como atribuciones del Alcalde:
numerales 1.) Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la Ley,
los Decretos del Gobierno, las Ordenanzas y los Acuerdos
del Concejo y 3.) Dirigir la acción administrativa del municipio;
asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación
de los servicios a su cargo […]”
La Ley 715 de 2001 en el artículo 44, competencias en salud
de los municipios, dispone que les corresponde dirigir y
coordinar el sector salud y el sistema general de seguridad
social en salud en el ámbito de su jurisdicción.
Que la Ley 769 de 2002 “Código Nacional de Tránsito” en
su artículo 64 establece las condiciones para la cesión del
paso en la vía pública a vehículos de emergencia, así como
para la utilización de dispositivos sonoros.
La Ley 1438 de 2011, en el artículo 67 estableció el Sistema
de Emergencias Médicas, el cual busca la articulación de los
diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en
Salud –SGSSS- para garantizar la respuesta oportuna a las
víctimas de enfermedad, accidentes de tránsito, traumatismo
o paro cardiorrespiratorio que requieran atención médica
de urgencias.
La Ley 1523 de 2012 “Por el cual se adoptó la Política
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece
el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 2º dispone
que la gestión del riesgo es responsabilidad de todas las
autoridades y de los habitantes del territorio colombiano
y, en cumplimiento de esta responsabilidad, las entidades
públicas, privadas y comunitarias desarrollarán y ejecutarán
los procesos de gestión del riesgo.
La Ley Estatutaria 1751 de 2015 dispuso en los artículos 2, 5,
10 y 14 que para acceder a servicios y tecnologías de salud,
no se requerirá de ningún tipo de autorización administrativa
entre el prestador de servicios y la entidad que cumpla la
función de gestión de servicios de salud cuando se trate de
atención de urgencias.
El Decreto Único Reglamentario del Sector Salud 780 de
2016, en el artículo 2.5.3.2.17 Organización y operación
de los centros reguladores de urgencias, emergencias
y desastres, dispone que corresponde a las direcciones
territoriales de salud, regular los servicios de urgencias de
la población de su territorio y coordinar la atención en salud
de la población afectada por emergencias o desastres en
su área de inuencia.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2157 de 2017, Por
medio del cual se adoptan directrices generales para la
elaboración del plan de gestión del riesgo de desastres de las
entidades públicas y privadas en el marco del artículo 42 de
la ley 1523 de 2012”, en su artículo 2.3.1.5.1.1.1 estableció
el marco regulatorio dirigido a los responsables de realizar
el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las Entidades
Públicas y Privadas (PGRDEPP) como mecanismo para la
planeación de la gestión del riesgo de desastres.
El Decreto 2434 de 2015, mediante el cual se crea el Sistema
Nacional de Telecomunicaciones de Emergencias dene, en
el artículo 2.2.14.1.3, al Centro de Atención de Emergencias
-CAE como el medio de recepción de llamadas, a través del
número único nacional de emergencias, de mensajes o de
cualquier tipo de comunicación que utilizan los individuos para
requerir ayuda en situaciones de emergencias y seguridad
ciudadana y que se encarga de realizar el direccionamiento a
la entidad responsable de atender la solicitud. Así mismo, en
el artículo 2.2.14.2.5 en el numeral 3 establece que el CAE se
pondrá en contacto con las entidades correspondientes, como
la Policía, Bomberos, Centros Reguladores de Urgencias y
Emergencia CRUE, Ocinas de Gestión del Riesgo, entre
otros, para iniciar la atención que requiera el individuo
solicitante.
El Ministerio de Salud y Protección Social a través de la
Resolución 1220 de 2010 estableció las condiciones y
requisitos para la organización, operación y funcionamiento
de los Centros Reguladores de Urgencias, Emergencias y
Desastres —CRUE. En los artículos 4 y 5 se establece que
éstos hacen parte de la Red Nacional de Urgencias y son
apoyo del Sistema Nacional para la Gestión del Riesgo de
Desastres –SNGRD, dentro de sus funciones se encuentra la

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