Decreto número 200 de 2019, por el cual se ejecuta una sanción disciplinaria impuesta al señor José Vicente Pertuz vila, en su condición de ex - Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta-Magdalena - 12 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 766459601

Decreto número 200 de 2019, por el cual se ejecuta una sanción disciplinaria impuesta al señor José Vicente Pertuz vila, en su condición de ex - Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta-Magdalena

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50865

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el numeral 3, del artículo 172, de la Ley 734 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Superintendencia de Notariado y Registro, por medio de la Resolución número 4501 del 4 de mayo de 20181, sancionó al señor José Vicente Pertuz Ávila, quien para la época de los hechos objeto del proceso disciplinario ejercía el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Santa Marta - Magdalena, con suspensión por el término de tres (3) meses e inhabilidad especial por el mismo término, contados a partir de la ejecutoria del fallo, sustituyendo la sanción de suspensión por multa2;

1 Fallo de primera instancia dentro del proceso disciplinario con Radicado número 2248-2011, adelantado en contra del señor José Vicente Pertuz Ávila.

2 En cumplimiento de las disposiciones del inciso 2º, del artículo 46, de la Ley 734 de 2002.

Que la anterior decisión fue apelada por el señor José Vicente Pertuz Ávila ante el Superintendente de Notariado y Registro, quien mediante la Resolución número 7767 del 6 de julio de 2018 decidió confirmar la sanción de suspensión por el término de tres (3) meses convertibles a salarios, y declarar improcedente la sanción de inhabilidad especial por el término de tres (3) meses;

Que según consta en la anotación consignada en la copia de la Resolución número 7767 del 6 de julio de 2018, suscrita por la Secretaria General de la Superintendencia de Notariado y Registro, esta providencia quedó en firme y debidamente ejecutoriada el 13 de julio de 2018;

Que el numeral 3 del artículo 172, de la Ley 734 de 2002 dispone que corresponde al nominador hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se impongan a los servidores públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera.

En virtud de la disposición del parágrafo 1º, del artículo 75, de la Ley 1579 de 2012, el Gobierno es el nominador de los Registradores Principales de Instrumentos Públicos.

De acuerdo con las disposiciones del artículo 32, de la Ley 734 de 2002, "La sanción disciplinaria prescribe en un término de cinco años, contados a partir de la ejecutoria del fallo", razón por la cual la sanción impuesta al señor José Vicente Pertuz Ávila se encuentra vigente a la fecha.

El artículo 46 de la...

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