Decreto número 1245 de 2016, por el cual se designa un Superintendente de Industria y Comercio ad hoc - 1 de Agosto de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 646307013

Decreto número 1245 de 2016, por el cual se designa un Superintendente de Industria y Comercio ad hoc

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín49952

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 87 de la Ley 734 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, designado como Superintendente de Industria y Comercio mediante Decreto 2025 del 2 de octubre de 2012, presentó escrito ante este Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el 17 de mayo de 20161, a través del cual se Declara Impedido para conocer y decidir todos los asuntos referentes al procedimiento disciplinario adelantado bajo el radicado número 14-16937 por esa Superintendencia en contra del ex funcionario Juan Camilo Correa Jiménez, quien se desempeñó como técnico administrativo 312411 (provisional) de la planta global de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Que el doctor Pablo Felipe Robledo del Castillo, sustenta su impedimento en las disposiciones contenidas en el artículo 84 del Código Disciplinario Único - Ley 734 de 2002, que regula las causales de impedimento para los servidores públicos que ejerzan la acción disciplinaria, para lo cual expone lo siguiente:

"1.1. El 10 de mayo de 2016, mediante memorando interno con Rad., número 1416937-139- 1, suscrito por Angélica María Acuña Porras, Coordinadora del Grupo de Control Disciplinario, remitió a mi Despacho el expediente disciplinario de la referencia, para que sean resueltos en segunda instancia los recursos de apelación interpuestos por el apoderado del disciplinado Juan Camilo Correa Jiménez, los cuales fueron concedidos en la audiencia realizada el 6 de mayo de 2016, bajo las previsiones del inciso 2º del artículo 180 del Código Disciplinario Único.

1.2. Las decisiones objeto de debate y sobre las cuales se interpuso recurso de apelación son las tomadas en las audiencias de 15 de abril y 6 de mayo de 2016.

En la primera audiencia se resolvió (i) negar la solicitud de práctica de testimonios de los señores Pablo Felipe Robledo del Castillo, Daniel Orozco, Dumar Celis Leal y Sandra MilenaLopera, así como también el traslado de pruebas documentales consistente en copias de los procesos disciplinarios adelantados en contra de los señores Dumar Celis Leal y SandraMilena Lopera, por considerar que eran pruebas inconducentes e impertinentes y (ii) rechazar la solicitud de recusación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR