Decreto número 1288 de 2016, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se adopta una medida de salvaguardia - 10 de Agosto de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 647094509

Decreto número 1288 de 2016, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se adopta una medida de salvaguardia

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín49961

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7a de 1991 y 1609 de 2013, el Decreto 1407 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4927 del 26 de diciembre de 2011 se adoptó el Arancel de Aduanas, que entró a regir el 1º de enero de 2012.

Que en virtud de la Decisión 805 y demás concordantes sobre política arancelaria común, actualmente los países miembros de la Comunidad Andina se encuentran facultados para adoptar modificaciones en materia arancelaria.

Que el Decreto 1407 de 1999 establece un procedimiento especial para la aplicación de medidas de salvaguardia, el cual fue prorrogado por el Decreto 2681 de 2001.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto 1407 de 1999, sus disposiciones se aplicarán a las importaciones de productos independientemente de su origen. En el evento en que el país exportador sea miembro de la Organización Mundial de Comercio, solamente serán aplicables cuando el incremento arancelario solicitado no supere el nivel consolidado por Colombia.

Que en sesión 288 de 2015, el Comité de AsuntosAduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó la adopción de una medida de salvaguardia consistente en 10 puntos porcentuales adicionales al gravamen arancelario para las importaciones de perfiles de...

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