Decreto número 1362 de 2023, por el cual se liquidan los recursos adicionados mediante el Decreto Legislativo 1276 de 2023 al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023 - 17 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 942076265

Decreto número 1362 de 2023, por el cual se liquidan los recursos adicionados mediante el Decreto Legislativo 1276 de 2023 al Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2023

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52490

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación faculta al Gobierno nacional para dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación.

Que el citado artículo establece que el Decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo.

Que mediante el Decreto 1085 del 2 de julio de 2023 y con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Política, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira por el término de treinta (30) días, contados a partir de la vigencia del referido decreto.

Que el artículo 83 del Estatuto Orgánico del Presupuesto dispone que los créditos adicionales al Presupuesto General de la Nación destinados a atender los gastos ocasionados por los estados de excepción serán efectuados por el Gobierno nacional.

Que, en el marco de la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira, se expidió el Decreto Legislativo 1276 de 2023 para asegurar la prestación del servicio público de energía eléctrica y la sostenibilidad económica en esta región a través de la transición energética, con el fin de mitigar los efectos de la crisis humanitaria, económica, social, ambiental y crónica en el departamento de La Guajira.

Que el artículo 3º del Decreto Legislativo 1276 de 2023, sobre los recursos para soluciones energéticas en el departamento de La Guajira, estableció que "Con el fin de contar con recursos para la energización del área rural y no interconectada al Sistema Interconectado Nacional (SIN) en el departamento de La Guajira, desde el mes siguiente a la expedición del presente decreto legislativo y hasta el término de seis (6) meses o por un término mayor que determine el Congreso dentro del año siguiente, se incluirá en todas las facturas del servicio público de energía eléctrica que se emitan en el resto del territorio nacional, un valor denominado "Aporte Departamento de La Guajira" por valor de mil (1000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios de estratos 4, 5 y 6, y por un valor de cinco mil (5000) pesos colombianos (COP) por...

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