Decreto número 4928 de 2011, por el cual se modifica el Decreto 4911 del 26 de diciembre de 2011. - 29 de Diciembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 342149174

Decreto número 4928 de 2011, por el cual se modifica el Decreto 4911 del 26 de diciembre de 2011.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48297
6
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.297
Jueves, 29 de diciembre de 2011
Que según constancia del 25 de octubre de 2011, suscrita por el doctor Camilo Andrés
García Gil, en calidad de Jefe Unidad Coordinadora para la Contratación Estatal de la Pro-
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quedando ejecutoriado el fallo el día 19 de los mismos.
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Interior el día 18 de los mismos, el Jefe Unidad de Contratación Estatal de la Procuraduría
General de la Nación, hizo llegar el fallo de primera instancia del día 22 de septiembre de
2011, proferido por el Despacho del Procurador Segundo Delegado para la Contratación
Estatal de la Procuraduría General de la Nación, dentro del proceso radicado bajo el número
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Que en virtud de lo antes expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artí-
culos 304 de la Constitución Política y 172 de la Ley 734 de 2002, se hace necesario dar
cumplimiento a la citada decisión, y por lo tanto, hacer efectiva la sanción de destitución e
inhabilidad general por término de doce (12) años, impuesta al señor Carlos Alberto Palacios
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Gobernador del departamento del Putumayo para la época de los hechos.
DECRETA:
Artículo 1°. Sanción. Hacer efectiva la sanción disciplinaria consistente en destitución
del cargo e inhabilidad general por el término de doce (12) años, impuesta al señor Carlos
Alberto Palacios Palacio, en su condición de Gobernador del departamento del Putumayo
para la época de los hechos, en cumplimiento de lo dispuesto por la Procuraduría Segunda
Delegada para la Contratación Estatal en fallo del 22 de septiembre de 2011, proferido
dentro del proceso radicado bajo el número 165-169405, de conformidad con lo expuesto
en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido de este decreto al señor Carlos
Alberto Palacios Palacio, a la Procuraduría General de la Nación y a la Gobernación del
departamento del Putumayo, para que realice las anotaciones en la hoja de vida.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él
no procede recurso alguno, de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 del Código Con-
tencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior,
Germán Vargas Lleras.
MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 4928 DE 2011
(diciembre 28)
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales
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Política, el artículo 9° del Decreto 1050 de 1978 y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, y
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 1° del Decreto 4911 del 26 de diciembre de 2011, quedará así:
“Artículo 1°. “Conceder tres (3) días de permiso remunerado del 27 al 29 de diciembre
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número 19489358 de Bogotá, Ministro de Hacienda y Crédito Público”.
Artículo 2°. El artículo 2° del Decreto 4911 del 26 de diciembre de 2011, quedará así:
“Artícu lo 2°. “Conced er quince (15) días hábiles de vacaci ones del 30 de diciembr e
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cado, por el pe ríodo de s ervicios co mprendido e ntre el 7 de agosto de 2010 y el 6 de
agosto de 2011”.
Artícul o 3°. El artículo 3° del Decreto 4911 del 26 de diciembre de 2011, quedará así:
“Artícu lo 3°. Encargar del 27 al 30 de diciemb re de 2011, de las funciones del Des-
pacho de l Ministro de Hac ienda y Crédito Público al docto r Rodrigo de Jes ús Suescún
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del Minister io de Hacienda y Crédito Públi co mientra s el titular se encuentra en permiso
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de ci udadanía n úmero 1489 5296 Vicemini stro Gener al del M inisterio de Haciend a y
Crédito Públic o del 31 de diciembre de 2011 al 20 de en ero de 2012, mientr as el titular
permane ce en vacacio nes”.
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lo pertinente el Decreto 4911 del 26 de diciembre de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
RESOLUCIONES
(diciembre 23)
por la cual se autoriza a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Depar-
tamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para
gestionar empréstitos externos con la Banca Multilateral hasta por diez millones de dólares
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El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial
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del artículo 8° del Decreto Reglamentario 2681 de 1993, y
CONSIDERANDO
Que el literal (a) del artículo 8° del Decreto 2681 de 1993 establece que la celebración
de contratos de empréstito externo a nombre de la Nación requiere autorización para iniciar
gestiones, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Consejo Nacional
de Política Económica y Social, Conpes, y concepto de la Comisión Interparlamentaria de
Crédito Público si el empréstito tiene plazo superior a un (1) año;
Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, en sesión del 2 de
diciembre de 2011, según consta en documento Conpes número 3716 Ministerio de Am-
biente y Desarrollo Sostenible - MADS, Ministerio de Hacienda y Crédito Público -MHCP,
DNP:SDAS-SC conceptuó favorablemente a 1a Nación para contratar un empréstito ex-
terno con la Banca Multilateral hasta por diez millones de dólares (USD 10.000.000) o su
  
Inversión para el Desarrollo Sostenible -IDS- Adicional”;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 185 de 1995, a
Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, en sesión del 14 de diciembre de 2011,
emitió concepto previo favorable a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el
Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
para gestionar empréstitos con la Banca Multilateral hasta por diez millones de dólares (USD

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suscrita por la Secretaria Técnica de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público de
fecha 14 de diciembre de 2011.
RESUELVE:
Artículo 1°. Autorización para gestionar empréstitos. Autorizar a la Nación - Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible para gestionar empréstitos externos con la Banca
Multilateral hasta por diez millones de dólares (USD 10.000.000) o su equivalente en otras
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tenible -IDS- Adicional” en los términos y condiciones que apruebe la Dirección General
de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2°. Aplicación de otras normas. La presente autorización no exime a la Nación
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible del cumplimiento de lo exigido por el literal
b) del artículo 8° del Decreto 2681 de 1993 y de las demás normas de cualquier naturaleza
que le sean aplicables, en especial de la Resolución Externa 08 de 2000 de la Junta Directiva
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Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación
en el , requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Di-
rector General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 185 de 1995.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2011.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
(C. F.).
(diciembre 23)
por la cual se autoriza a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio
de Vivienda, Ciudad y Territorio para gestionar empréstitos externos con la Banca Multi-

en otras monedas.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en espe-

a) del artículo 8° del Decreto Reglamentario 2681 de 1993, la Ley 781 de 2002, y la Ley
1366 de 2009,
CONSIDERANDO:
Que el literal a) del artículo 8° del Decreto 2681 de 1993 establece que la celebración
de contratos de empréstito externo a nombre de la Nación requiere autorización para iniciar
gestiones, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Consejo Nacional
de Política Económica y Social, Conpes, y concepto de la Comisión Interparlamentaria de
Crédito Público si el empréstito tiene plazo superior a un (1) año;
Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, en sesión del 2 de
diciembre de 2011, según consta en documento Conpes número 3715 - Ministerio de Vi-

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