Decreto número 2227 de 2023, por medio del cual se modifica el nombre y algunos artículos de la Sección 4, Capítulo 3, Título 3, Parte 5, Libro 2 del Decreto número 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación - 22 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 974162080

Decreto número 2227 de 2023, por medio del cual se modifica el nombre y algunos artículos de la Sección 4, Capítulo 3, Título 3, Parte 5, Libro 2 del Decreto número 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín52617

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en particular, las previstas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 256 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 67 de la Constitución Política, "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. (.)."

Que con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen al sector educativo y contar con un instrumento jurídico único, el Gobierno nacional expidió el Decreto número 1075 de 2015 por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

Que la Sección 4 del Capítulo 3, Título 3, Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 1075 de 2015 regula lo referente a las condiciones de asignación y funcionamiento de los programas de becas creados por las instituciones de educación superior, aprobados por el Ministerio de Educación Nacional, y financiados con las donaciones a que se refieren los artículos 158-1 y 256 del Estatuto Tributario.

Que mediante la Ley 2277 de 2022, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y lajusticia social y se dictan otras disposiciones, se modificó el artículo 256 del Estatuto Tributario y se derogó el artículo 158-1.

Que una de las modificaciones realizadas por el artículo 21 de la Ley 2277 de 2022 al artículo 256 del Estatuto Tributario, consiste en establecer que las personas que realicen donaciones a programas de becas de estudio total o parcial creados por las instituciones de educación superior aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional, en las que se beneficien estudiantes de estratos 1, 2 y 3, tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo, el 30% del valor donado.

Que de acuerdo con la modificación del artículo 256 y la derogación del artículo 158-1, del Estatuto Tributario, es necesario ajustar algunos artículos que integran la Sección 4 del Capítulo 3, Título 3, Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 1075 de 2015; en el sentido de: (i) hacer referencia a la ampliación del descuento tributario establecido en la modificación del artículo 256 del Estatuto Tributario y (ii) retirar lo preceptuado por el artículo 158-1 del Estatuto Tributario.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo y el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto número 1081 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República", el proyecto de decreto fue publicado y socializado entre el 16 de mayo y el 2 de junio de 2023 y entre el 22 y el 27 de noviembre de 2023, para observaciones de la ciudadanía.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Modificación del nombre de la Sección 4 del Capítulo 3, Título 3, Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 1075 de 2015. Modifíquese el nombre de la Sección 4 del Capítulo 3, Título 3, Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 1075 de 2015, el cual quedará así:

"Condiciones de asignación y funcionamiento de los programas de becas de que trata el artículo 256 del Estatuto Tributario"

Artículo 2º Modificación del artículo 2.5.3.3.4.1.1 del Decreto número 1075 de 2015.

Modifíquese el artículo 2.5.3.3.4.1.1 del Decreto número 1075 de 2015, el cual quedará así:

Artículo 2.5.3.3.4.1.1 Objeto. La presente sección tiene como objeto reglamentar el artículo 256 del Estatuto Tributario, en relación con las condiciones de asignación de recursos y funcionamiento de los programas de becas a los que dichas normas se refieren.

Artículo 3º. Modificación del artículo 2.5.3.3.4.1.2 del Decreto número 1075 de 2015.

Modifíquese el artículo 2.5.3.3.4.1.2 del...

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