Decreto número 262 de 2017, por el cual se concede un plazo y se dictan otras disposiciones - 14 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 665310393

Decreto número 262 de 2017, por el cual se concede un plazo y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50147

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de la Ley 9a de 1979, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional, con el fin de proteger la vida, la salud y la seguridad humana, mediante el Decreto número 1686 de 2012 estableció el reglamento técnico a través del cual se señalan los requisitos sanitarios que deben cumplir las bebidas alcohólicas para consumo humano que se fabriquen, elaboren, hidraten, envasen, almacenen, distribuyan, transporten, comercialicen, expendan, exporten o importen en el territorio nacional.

Que el artículo 42 ibídem, modificado por el Decreto número 1506 de 2014 estableció un término de cuarenta y dos (42) meses contados a partir de la fecha de la entrada en vigencia del reglamento técnico, para que los establecimientos que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas en el territorio nacional, obtuvieran el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM).

Que el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), a través del radicado 201642302646332 de 2016, informa a este Ministerio que pese a los esfuerzos que ha adelantado, en relación con acompañamientos técnicos, visitas a establecimientos, circulares de información y capacitaciones entre otras, a la fecha, verificada la totalidad de plantas existentes, de los 184 establecimientos dedicados a la elaboración de bebidas alcohólicas, tan solo el 15, que corresponden al ocho por ciento (8%), se encuentran certificadas en BPM.

Que este Ministerio, así como el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) han recibido solicitudes por parte de la industria de bebidas alcohólicas, para que se amplíe el plazo para obtener la Certificación de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), manifestando dificultades en aspectos tales como adquisición de tecnologías, adecuación de procedimientos e incorporación de talento humano especializado, pese a haber efectuado los correspondientes ajustes e inversiones, encontrándose aún en proceso de implementación para tal fin.

Que el numeral 3 del artículo 10 de la Ley 1816 de 2016, estableció que los departamentos solo podrán otorgar permisos de introducción de licores cuando el productor...

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