Decreto numero 946 de 1998, por el cual se integra la delegación que participará en la 86ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo. - 26 de Mayo de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59799599

Decreto numero 946 de 1998, por el cual se integra la delegación que participará en la 86ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo.

Número de Boletín43310

por el cual se integra la delegación que participará en la 86ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que Colombia hace parte como Estado Miembro de la Organización Internacional del Trabajo;

Que de acuerdo con el artículo 3º numeral 1º de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo "La Conferencia General de los representantes de los miembros celebrará reuniones cada vez que sea necesario y, por lo menos, una vez cada año; se compondrá de cuatro representantes de cada uno de los miembros, dos de los cuales serán delegados del Gobierno y los otros dos representarán, respectivamente, a los empleadores y a los trabajadores de cada uno de los miembros";

Que de conformidad con el artículo 3º numeral 2º de la Constitución antes citada, "Cada delegado podrá estar acompañado de dos Consejeros Técnicos, como máximo, por cada uno de los puntos que figuren en el orden del día de la reunión...";

Que el orden del día de la 86ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, incluye los siguientes puntos que serán objeto de discusión: Informe del Presidente del Consejo de Administración y Memoria del Director General; Programa y Presupuesto y otras cuestiones financieras; Informaciones y Memorias sobre la aplicación de Convenios y Recomendaciones; Condiciones generales para fomentar la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas (segunda discusión); Trabajo en régimen de subcontratación (segunda discusión); Trabajo Infantil (primera discusión); Examen de una eventual declaración de principios de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los derechos fundamentales, y del mecanismo de seguimiento apropiado,

DECRETA:

Artículo 1º Intégrase la Delegación a la 86ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, a celebrarse en Ginebra - Suiza del 1 al 18 de junio de 1998, de la siguiente manera:

Delegados gubernamentales:

Doctor Carlos Bula Camacho, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, quien la preside.

Doctor Carlos Castillo Cardona, Consejero Presidencial para la...

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