Decreto numero 2479 de 1998, por el cual se confiere autorización a una funcionaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para aceptar una invitación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). - 3 de Diciembre de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59803352

Decreto numero 2479 de 1998, por el cual se confiere autorización a una funcionaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para aceptar una invitación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43451

por el cual se confiere autorización a una funcionaria de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para aceptar una invitación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 18 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, y

CONSIDERANDO:

Que la doctora Julia Inés Sanchez Arias, identificada con cédula de ciudadanía número 32.533.976, actual especialista en ingresos públicos II, nivel 41, grado 30, de la División de Valoración de la Subdirección Técnica Aduanera de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, requiere autorización para aceptar el pago por parte de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de los gastos de pasajes, viáticos y gastos terminales por los desplazamientos autorizados en los puntos de salida o llegada, con el objeto de participar en el "Seminario Regional sobre la Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual para funcionarios de Aduanas de los Países Andinos", a realizarse del 9 al 10 de diciembre de 1998 en la ciudad de Lima (Perú);

Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que "Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno Nacional", prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;

Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional;

Que según el artículo 3º del Decreto 2112 de 1992, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, es un organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

DECRETA:

Artículo 1º

Conferir autorización a la doctora Julia Inés Sánchez Arias ya identificada, actual especialista en ingresos públicos II...

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