Decreto número 774 de 2022, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Tamara, departamento de Casanare - 16 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 905312976

Decreto número 774 de 2022, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Tamara, departamento de Casanare

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín52036

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio 500 de 27 de mayo de 2021, el señor Leonel Rodríguez Walteros, alcalde del municipio de Tamara, departamento de Casanare, manifestó ante la Procuraduría Regional de Casanare, su impedimento para conocer, otorgar poderes, actuar e instaurar en representación del referido municipio una demanda de repetición en contra de los servidores o exservidores públicos que por su actuar doloso o gravemente culposo ocasionaron que a través de sentencia judicial con radicado 850013110001-2020-0013400, se generara para el municipio de Tamara, la obligación de pagar una suma de dinero, invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 del 2011, en concordancia con el artículo 40 de la Ley 734 de 2002, hoy artículo 44 de la Ley 1952 de 2019.

Que mediante auto de 22 de junio de 2021, proferido dentro del proceso con radicación E-2021-287264, el procurador Regional de Casanare, aceptó el impedimento manifestado por el señor Leonel Rodríguez Walteros, alcalde municipal de Tamara, Casanare, para instaurar una demanda de repetición en su calidad de representante de ese ente territorial, en contra de su hermano Luis Ramón Rodríguez Walteros, comoquiera que el municipio fue condenado a un pago indemnizatorio mediante fallo de tutela proferido por el Juzgado

Primero de Familia de Yopal, dentro del proceso con radicado 850013110001-2020-0013400, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (...)", mediante...

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