Decreto número 982 de 2021, por el cual se modifica el Decreto 299 de 2020 - 22 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 875205491

Decreto número 982 de 2021, por el cual se modifica el Decreto 299 de 2020

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín51774

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los términos establecidos en el Decreto 1072 de 2015, se adelantó en el presente año la negociación del pliego presentado por los representantes de las centrales y federaciones sindicales de los empleados públicos.

Que el Gobierno nacional y las centrales y las federaciones sindicales de los empleados públicos acordaron que para el año 2021 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2020 certificado por el DANE, más uno por ciento (1%), el cual debe regir a partir del 1º de enero del presente año.

Que el incremento porcentual del IPC total de 2020 certificado por el DANE fue de uno punto sesenta y uno por ciento (1.61%) y, en consecuencia, los salarios y prestaciones establecidos en el presente decreto se ajustarán en dos punto sesenta y uno por ciento (2.61%) para 2021, retroactivo a partir del 1º de enero del presente año.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1º Reajuste salarial.

Reajustar a partir del 1º de enero de 2021 en dos punto sesenta y uno por ciento (2.61%) las escalas salariales que regulan la remuneración mensual y asignaciones básicas mensuales de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del Pueblo señaladas en los Decretos 186, 194, 196 y 1239 de 2014, modificados por los Decretos 1257 de 2015, 245 de 2016, 1013 de 2017, 337 y 1498 de 2018, 991 de 2019, y 299 de 2020.

Artículo 2º Reajuste de beneficios salariales y prestacionales.

Reajustar a partir del 1º de enero de 2021 en dos punto sesenta y uno por ciento (2.61%) los valores señalados para los beneficios salariales y prestacionales determinados en los Decretos 186, 194, 196 y 1239 de 2014, modificados por los Decretos 1257 de 20-15, 245 de 2016, 10-13 de 2017, 337 y 1498 de 2018, 991 de 2019, y 299 de 2020.

Artículo 3º Ajustes.

El Jefe de Talento Humano o quien haga sus veces en la Rama Judicial, en la Procuraduría General de la Nación y en la Defensoría del Pueblo debe...

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