DECRETO 327 RD 4921 - 5 de Julio de 2012 - Registro distrital - Legislación - VLEX 435185282

DECRETO 327 RD 4921

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4921 5 JULIO 2012
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4921 • pP. 1-4 • 2012 • JULIO 5
4
barrio El sosiego como se anuncia y se describe en el
ocio de la referencia, no se requerirá denir otra re-
serva para adelantar la formulación de un proyecto de
renovación urbana asociada a la estación en comento”.
Que para la construcción del proyecto, a que se hace
referencia en los considerandos anteriores, se deben
adquirir los predios necesarios, para lo cual, se podrá
acudir a la expropiación administrativa, si se dan los
presupuestos legales para el efecto.
Que la ejecución del Proyecto “Estación Intermedia
Avenida Primero de Mayo”, resulta inaplazable y de
vital importancia para la Ciudad, pues permitirá la inte-
gración de la troncal de Transmilenio de la Carrera Dé-
cima con el Sistema Integrado de Transporte Público
y en consecuencia, la ejecución oportuna del servicio
de transporte masivo generando un impacto positivo
en la Política de Movilidad de la “Bogotá – Humana.”
Que las razones consignadas anteriormente se ade-
cúan a los criterios señalados en el artículo 65, nu-
merales 2, 3 y 4 de la Ley 388 de 1997, por lo cual es
viable adelantar la expropiación administrativa de los
predios requeridos para la construcción del proyecto de
renovación urbana denominado “Estación Intermedia
Avenida Primero de Mayo”, en virtud de las condiciones
de urgencia que lo justican.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declarar la existencia de condiciones
de urgencia, por razones de utilidad pública e interés
social expuestas anteriormente, para adquirir los dere-
chos de propiedad y demás derechos reales sobre los
inmuebles requeridos para la ejecución de las obras
tendientes a la localización, consolidación y puesta en
marcha del Proyecto de Renovación Urbana denomi-
nado “Estación Intermedia Avenida Primero de Mayo”.
ARTÍCULO 2º.- Esta declaratoria surte los efectos
consagrados en los artículos 63 y 64 de la Ley 388
de 1997, para permitir que la Empresa de Renova-
ción Urbana adelante los trámites de adquisición por
expropiación por vía administrativa, si a ello hubiere
lugar, respecto de los inmuebles requeridos para la
ejecución de las obras tendientes a la localización,
consolidación y puesta en marcha del Proyecto de
Renovación Urbana denominado “Estación Intermedia
Avenida Primero de Mayo”.
ARTÍCULO 3º.- Quien desarrolle la obra pública
correspondiente a la estación, iniciará los trámites
correspondientes a la aplicación del mecanismo com-
pensatorio que trata el artículo 128 de la Ley 388 de
1997 en los casos que fuere necesario.
ARTÍCULO 4º.- La Empresa de Renovación Urbana
establecerá mediante acto administrativo debidamente
motivado técnica y jurídicamente la identicación del
ó los predios que deban ser adquiridos e iniciará los
trámites respectivos para adelantar la correspondiente
adquisición en los términos y con arreglo a la Ley 9 de
1989 modicada por la Ley 388 de 1997 y el Decreto
reglamentario 1420 de 1998.
ARTÍCULO 5º.- Efectuado el registro de la decisión
de expropiación por vía administrativa, la Empresa
de Renovación Urbana de Bogotá D.C., podrá exigir
la entrega material del inmueble expropiado, sin ne-
cesidad de intervención judicial, para lo cual podrá
solicitar la intervención de las autoridades de policía
si fuere necesario.
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días
del mes de junio de dos mil doce (2012).
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
NICOLÁS CORSO SALAMANCA
Secretario Distrital del Hábitat (E.)
Decreto Número 327
(Junio 29 de 2012)
“Por medio del cual se modifica el Decreto
Distrital 641 de 2011, y se dictan otras disposi-
ciones.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial en
especial las atribuidas por los artículos 35 y 38
numerales 3° y 18 del Decreto Ley 1421 de 1993,
y el artículo 5º del Decreto 332 de 2004, y,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR