DECRETO 185 RD 4880 - 24 de Abril de 2012 - Registro distrital - Legislación - VLEX 435186574

DECRETO 185 RD 4880

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4880 24 ABRIL 2012
EmisorAlcaldia Mayor
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4880 • pP. 1-1 • 2012 • ABRIL 24
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 46
Número 4880
2012 ABRIL 24
DECRETOS DE 2012
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Abril 23 de 2012)
“Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de
Seguridad Vial”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en espe-
cial las conferidas por los numerales 3º y 6º del
artículo 38 y el artículo 39 del Decreto Ley 1421
de 1993 y el artículo 38 del Acuerdo Distrital 257
de 2006 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Acuerdo Distrital 257 de 2006
prevé que, en cumplimiento del principio de coordina-
ción, la Administración Distrital actuará a través de su
organización administrativa de manera armónica para
la realización de sus nes y para hacer eciente e inte-
gral la gestión pública distrital, mediante la articulación
de programas, proyectos y acciones administrativas,
a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y
transectorial.
Que en desarrollo del principio de coordinación, se creó
el Sistema de Coordinación de la Administración del
Distrito Capital, conformado por las siete instancias,
siendo una de ellas las Comisiones Intersectoriales a
las que se reere el artículo 38 del Acuerdo Distrital
257 de 2006.
Que las Comisiones Intersectoriales son instancias
de coordinación de la gestión distrital, creadas por
el/la Alcalde/sa Mayor, cuya atribución principal es
orientar la ejecución de funciones y la prestación de
servicios que comprometan organismos o entidades
que pertenezcan a diferentes Sectores Administrativos
de Coordinación.
Que el Alcalde Mayor mediante Decreto Distrital 397
de 2010, adoptó el Plan Distrital de Seguridad Vial para
Bogotá, DC, el cual se constituye en el instrumento
para la denición y coordinación intersectorial de las
acciones que deben realizar los actores involucrados
en la prevención, atención y seguimiento de la segu-
ridad vial en el Distrito Capital, con el n de alcanzar
unas metas, programas y objetivos propuestos.
Que la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., emitió concepto técnico de viabilidad para la crea-
ción de la comisión Intersectorial de Seguridad Vial.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Creación. Créase la Comisión Inter-
sectorial de Seguridad Vial con carácter permanente.
ARTÍCULO 2º.- Naturaleza. La Comisión Intersectorial
de Seguridad Vial es una instancia que hace parte del
Sistema de Coordinación de la Administración Distrital,
encargada de articular y coordinar a las entidades y
organismos responsables de la implementación y cum-
plimiento de las metas y/o programas contemplados
en el Plan Distrital de Seguridad Vial para Bogotá,
Distrito Capital y efectuar el seguimiento a la ejecución
del mismo.
ARTÍCULO 3º.- Integración. la Comisión Intersectorial
de Seguridad Vial estará integrada por:
El/la Secretario/a Distrital de Movilidad o su
delegado/a, quien la presidirá.
El/la Secretario/a Distrital de Gobierno o su
delegado/a.
El/la Secretario/a Distrital de Salud o su delegado/a.
El/la Secretario/a de Educación del Distrito o su

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