DECRETO 054 RD 3945 - 10 de Marzo de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445789030

DECRETO 054 RD 3945

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3945 10 MARZO 2008
EmisorAlcaldia Mayor
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3945 • pP. 1-1 • 2008 • MARZO 10
DECRETOS DE 2008
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 42
Número 3945
2008
MARZO 10
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 054
(Marzo 7 de 2008)
“Por el cual se reglamenta la elaboración de im-
presos y publicaciones de las entidades y orga-
nismos de la Administración Distrital”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el artículo
315 numeral 3 de la Constitución Política, los
artículos 38 numerales 1 y 3, los artículos 39 y 53
del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 8, 10
y 18 del Acuerdo 257 de 2006, y,
CONSIDERANDO:
Que la actuación de la Administración Distrital debe
procurar que los procedimientos se adelanten en el
menor tiempo y costo posibles, mediante la coordina-
ción armónica de su organización administrativa para
la realización de sus nes y para hacer e ciente e inte-
gral la gestión pública distrital, mediante la articulación
de programas, proyectos y acciones administrativas,
a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y
transectorial.
Que mediante el Acuerdo 54 de 1918, el Concejo de
Bogotá ordenó la compra de una Imprenta para el
servicio exclusivo de trabajos o ciales del municipio,
con el n de aminorar los gastos que anualmente
representaban las publicaciones o ciales y demás
trabajos tipográ cos.
Que el artículo 12 del Decreto Distrital 34 de 1919
mediante el cual se reglamentó el Acuerdo 54 de 1918,
señala que la Imprenta se destinará únicamente a las
publicaciones estrictamente o ciales.
Que el artículo 15 del Decreto Distrital 917 de 1994,
trasladó la Imprenta Distrital bajo la dependencia de la
Secretaría General como una nueva División.
Que el literal (k) del artículo 22 del Decreto Distrital 267
de 2007 señala que corresponde a la Dirección Distrital
de Desarrollo Institucional de la Secretaría General,
orientar y supervisar la gestión de administración de
la Imprenta Distrital.
Que el literal (a) del artículo 25 del Decreto Distrital 267
de 2007 señala como función de la Subdirección de
Imprenta Distrital programar, dirigir, coordinar y con-
trolar el proceso de diseño, diagramación, impresión y
encuadernación de las artes grá cas y publicaciones
requeridas por las diferentes entidades y organismos
del Distrito Capital.
Que en cumplimiento de las disposiciones menciona-
das, se hace necesario adoptar medidas que permitan
potenciar y maximizar la capacidad de producción con
que cuenta la Imprenta Distrital, generando un ahorro
signi cativo en el presupuesto asignado a las entidades
distritales, para la elaboración de sus trabajos impresos
y publicaciones o ciales.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Todas las entidades, organismos y ór-
ganos de control del Distrito Capital, deberán realizar
sus trabajos de diagramación, diseños, impresiones y
publicaciones o ciales a través de la Subdirección de
Imprenta Distrital.
Artículo 2°. La Dirección Distrital de Desarrollo Institu-
cional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor a
través de la Subdirección de Imprenta Distrital, dentro
del mes siguiente a la publicación de este decreto,
deberá dar a conocer a todas las entidades del Distrito
Capital el instructivo que contenga el procedimiento y
requisitos que deben seguir las entidades distritales

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR