DECRETO 462 RD 3462 - 28 de Diciembre de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447991694

DECRETO 462 RD 3462

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3462 28 DICIEMBRE 2005
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3462 • pP. 1-19 • 2005 • DICIEMBRE 28 19
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Diciembre 28 de 2005)
Por el cual se adopta el Plan Director del
Parque Zonal Illimani.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en espe-
cial de las que le confiere el numeral 4 del artícu-
lo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el parágrafo
2 del artículo 252 del Decreto 190 de 2004 y
CONSIDERANDO:
I. Que el artículo 43 del Decreto Distrital 190 de 2004,
"Por medio del cual se compilan las disposiciones
contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000
y 469 de 2003", contempla entre otros instrumen-
tos de planeamiento urbanístico, los Planes Di-
rectores para Parques.
II. Que el artículo 243 del Decreto Distrital 190 de
2004 (Compilación del POT) establece que los
parques distritales se clasifican en parques de
escala regional, metropolitana, zonal, vecinal y de
bolsillo. De igual manera, el parágrafo 2º de este
artículo dispone que la preservación, manejo, in-
tervención y uso de los parques de escala regio-
nal, metropolitana y zonal serán determinados por
los Planes Directores, los cuales deberán armoni-
zarse y complementarse con los Planes de Mane-
jo Ambiental, en los casos en que formen parte de
la Estructura Ecológica Principal del Distrito.
III. Que en el artículo 244 del Decreto 190 de 2004 se
relacionan los parques que conforman el Sistema,
entre los cuales se identifica el Parque Illimani
como de escala zonal, con el código PZ 85, el
cual, también se identifica en el plano número 16
(Sistema de Espacio Público Construido) del Plan
de Ordenamiento Territorial de Bogotá D. C.
IV. Que el artículo 252 del Decreto Distrital 190 de
2004 determinó la obligatoriedad, lineamientos y
contenido de los planes directores para los par-
ques de escala regional, metropolitana y zonal,
siendo el Instituto Distrital para la Recreación y el
Deporte (IDRD) la entidad encargada de la formu-
lación de los mismos.
V. Que el parágrafo 1 del artículo 252 del citado De-
creto prescribe que el Instituto Distrital para la Re-
creación y el Deporte (IDRD) será la entidad en-
cargada de formular los Planes Directores de los
parques de escala regional, metropolitana y zonal.
VI. Que el predio "Illimani" fue adquirido por el IDRD
mediante Escritura Pública de compraventa nú-
mero 3.617 del 28 de diciembre de 2001,
protocolizada en la Notaría 56 de Bogotá e inscri-
ta en el folio de Matrícula Inmobiliaria número
1108961 de la Oficina de Registro de Instrumen-
tos Públicos de Bogotá D. C.
VII. Que una vez adquirido el predio, la División Técni-
ca del IDRD procedió a elaborar los estudios y
diseños para la formulación del Plan Director del
Parque Illimani.
VIII.Que la Dirección General del IDRD solicitó ante el
DAPD, mediante oficio de referencia 1-2004-28110
del 16 de septiembre de 2004, que se adoptara el
Plan Director del Parque Zonal Illimani para lo cual
anexó los planos y la memoria respectivos.
IX. Que el DAPD, mediante oficio de referencia 2-2004-
30713 del 28 de diciembre de 2004 solicitó al IDRD
la incorporación cartográfica del plano topográfico
del predio, de conformidad con la citada escritura,
además de la dilucidación de las imprecisiones
cartográficas que se presentan con relación al
polígono establecido en los planos oficiales del
Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D. C.
X. Que la Gerencia de Cartografía e Información Grá-
fica del Departamento Administrativo de Planeación
Distrital (DAPD) informó la incorporación de los
planos urbanísticos CB 37/1-00 y CB 37/1-01 con
base en la subdivisión del predio aprobada me-
diante las resoluciones 030206 del 14 de diciem-
bre de 2001 y 05-3-0152 del 2 de agosto de 2005.
XI. Que la Dirección General del IDRD radicó nueva-
mente los planos y la memoria correspondientes
a la formulación del Plan Director del Parque Zonal
Illimani atendiendo las observaciones realizadas
por el DAPD, mediante oficio de referencia 1-2005-
16465 del 13 de mayo de 2005.
XII. Que el coordinador del Grupo de Infraestructura,
Transporte y Paisaje del Departamento Técnico
Administrativo del Medio Ambiente, mediante el
oficio número 2004EE7915 del 15 de abril de 2004,
informó que, en concordancia con lo establecido
por el Decreto Ley 1180 del 10 de mayo de 2003,
no se requieren licencias ambientales y aproba-
ciones de planes de manejo ambiental para cier-
tos proyectos (parques, entre otros), por lo que
recomendó atender las medidas de manejo con-
templadas en la guía IDU-DAMA de Manejo Am-
biental para proyectos de Infraestructura Urbana
en el Distrito Capital.
DECRETOS DE 2005

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