DECRETO 513 RD 3673 - 20 de Diciembre de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448002530

DECRETO 513 RD 3673

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3673 20 DICIEMBRE 2006
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 41 • Número 3673 • pP. 1-2 • 2006 • DICIEMBRE 20
2
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor
CATALINA VELASCO CAMPUZANO
Directora del Departamento Administrativo
de Planeación Distrital
GLORIA LUCIA OSPINA SORZANO
Directora Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos
Decreto Número 513
(Diciembre 20 de 2006)
"Por medio del cual se anuncia la puesta en
marcha de los Proyectos Urbanísticos Integrales
denominados Avenida Jorge Eliécer Gaitán -
Calle 26 y Carrera 10ª, y se dictan otras disposi-
ciones"
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de las facultades conferidas por el
numeral 3 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993, los artículos 52 y 375 del Decreto
Distrital 190 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 5 del artículo de la Ley 388 de 1997,
señala como objetivo de esa disposición "Facilitar la
ejecución de actuaciones urbanas integrales, en las
cuales confluyan en forma coordinada la iniciativa, la
organización y la gestión municipales con la política
urbana nacional, así como con los esfuerzos y recur-
sos de las entidades encargadas del desarrollo de di-
cha política".
Que el Artículo 3° de la misma Ley 388 de 1997 esta-
blece que "el ordenamiento del territorio constituye una
función pública" que tiene entre otros fines: permitir a
los habitantes el acceso a las vías públicas,
infraestructuras de transporte y demás espacios públi-
cos y su destinación al uso común; brindar atención a
los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo
en áreas del interés común y propender por el mejora-
miento de la calidad de vida de los habitantes, la distri-
bución equitativa de las oportunidades y los benefi-
cios del desarrollo y la preservación del patrimonio
cultural y natural.
Que el artículo 190 del Decreto Distrital 190 de 2004 -
Plan de Ordenamiento Territorial, relaciona entre los
componentes del Sistema Integrado de Corredores
Troncales Especializados la Avenida Jorge Eliécer
Gaitán - Calle 26 y la Carrera 10ª, fundamentales para
la movilidad de la ciudad y cuyas determinaciones téc-
nicas deberán respetar las normas establecidas para
el Subsistema Vial y el Sistema de Espacio Público
formuladas en el POT y sus normas reglamentarias.
Que a su vez, el artículo 71 del Decreto Distrital 190
de 2004 define las directrices para el desarrollo de las
operaciones estratégicas y el escenario Prioritario de
ejecución (2004-2007) e incluye las Troncales de la
Avenida Jorge Eliécer Gaitán - Calle 26 y la Carrera
10ª entre los proyectos del Subsistema de Vial y de
Transporte de las siguientes operaciones estratégicas:
- Centro Histórico - Centro Internacional
- Anillo Innovación - Eje de Occidente y
- Fontibón - Aeropuerto Eldorado - Conexión
Guaymaral.
Que los proyectos que se anuncian en este decreto se
ajustan a la política de movilidad, definida en el artículo
10 del Decreto Distrital 190 de 2004, orientada a mejo-
rar la productividad de la Ciudad y la Región mediante
inversiones en proyectos de recuperación, manteni-
miento, adecuación y construcción de infraestructura
vial y de transporte que respondan a las siguientes
directrices:
- Priorizar las inversiones en proyectos que
completen la malla vial arterial e intermedia
y el sistema de espacio público ya construi-
dos, para mejorar la conectividad entre el
centro, las centralidades y la región.
- Priorizar los recursos para mejorar, adecuar
y construir vías y equipamientos de integra-
ción en las áreas donde se realicen opera-
ciones estratégicas de integración urbana y
regional.
- Destinar eficientemente los recursos capta-
dos por la aplicación de los instrumentos de
financiación derivados de las actuaciones
urbanísticas, con particular referencia a la
participación en las plusvalías, las compen-
saciones por parqueaderos y cesiones al
espacio público, así como al aprovechamien-
to económico de este último, para mantener,
adecuar y construir la Malla Vial de la Ciudad
y los Equipamientos de integración.
Que los proyectos que se anuncian se ajustan al Plan
de Desarrollo "Bogotá sin indiferencia, un compromiso
social contra la pobreza y la exclusión", adoptado
mediante el Acuerdo Distrital 119 de 2004, que en su
artículo 14 contempla los programas del Eje Urbano
Regional y entre estos el numeral 2. Red de

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