DECRETO 527 RD 3676 - 26 de Diciembre de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448005094

DECRETO 527 RD 3676

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3676 26 DICIEMBRE 2006
EmisorAlcaldia Mayor
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 41 • Número 3676 • pP. 1-1 • 2006 • DICIEMBRE 26
DECRETO DE 2006
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 41
Número 3676
2006 DICIEMBRE 26
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Diciembre 26 de 2006)
“Por el cual se designan los Curadores Urbanos
Nos. 2 y 3 de Bogotá D. C., para un período
individual de cinco (5) años y se dictan otras
disposiciones”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las que le confieren el artícu-
lo 38 del Decreto ley 1421 de 1993, y el artículo
101 de la Ley 388 de 1997 modificado por el
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 101 de la Ley 388 de 1997,
modificado por el artículo 9° de la Ley 810 de 2003, el
alcalde municipal o distrital designará a los curadores
urbanos, previo concurso de méritos, a quienes figu-
ren en los primeros lugares de la lista de elegibles, en
estricto orden de calificación.
Que según el mismo artículo los curadores urbanos
serán designados para periodos individuales de cinco
(5) años.
Que mediante Decreto Distrital 781 del 20 de diciem-
bre de 1996, la arquitecta BRIANDA MERCEDES
RENIZ CABALLERO, fue designada como Curadora
Urbana de la ciudad, cargo del cual tomó posesión el
27 de diciembre de 1996 según consta en Acta No.
593, con fecha de efectividad a partir del 1º de enero
de 1997, para un período individual de cinco (5) años;
período que fue renovado sin solución de continuidad,
por cinco (5) años más, al ser designada como Curadora
Urbana No. 2 mediante el Decreto Distrital 918 de 2001,
lo que indica que el segundo período individual de cin-
co (5) años vence el 1º de enero de 2007.
Que el Contralor de Bogotá D.C., mediante oficio 10000-
28448 de diciembre 07 de 2005, exigió al Alcalde Ma-
yor de Bogotá D. C., disponer la suspensión provisio-
nal de la arquitecta BRIANDA MERCEDES RENIZ
CABALLERO, del cargo de Curadora Urbana No. 2 de
Bogotá, mientras culminan las investigaciones fisca-
les que cursan en su contra.
Que con base en lo anterior, el Alcalde Mayor de Bo-
gotá, en cumplimiento del deber legal que se impone
como nominador de la Curadora Urbana No. 2 de Bo-
gotá, mediante el Decreto Distrital 441 de 2005, proce-
dió a ejecutar la exigencia del Contralor de Bogotá D.C.,
estableciendo en el artículo primero del citado acto,
suspender provisionalmente a partir del diez (10) de
diciembre del 2005, a la doctora BRIANDA MERCE-
DES RENIZ CABALLERO, identificada con cédula de
ciudadanía 22.392.037 de Barranquilla, del cargo de
Curadora Urbana Nº. 2 de Bogotá, en tanto culminan
las investigaciones fiscales que cursan en su contra,
y que ameritaron esa suspensión.
Que mediante el Decreto Distrital 446 del 20 de diciem-
bre de 2005, el Alcalde Mayor de Bogotá D. C., desig-
nó al arquitecto GONZALO VARGAS AYALA identifi-
cado con la cédula de ciudadanía No. 17.112.235 de
Bogotá, como Curador urbano No. 2 “… en tanto se
resuelven las actuaciones fiscales que dieron origen a
la expedición del Decreto Distrital 441 de 2005”.
Que mediante Decreto Distrital 781 del 20 de diciem-
bre de 1996, el Arquitecto IGNACIO RESTREPO
MANRIQUE, fue designado como Curador Urbano de
la ciudad, a partir del 5 de febrero de 1997 fecha en la
que tomó posesión del cargo según consta en Acta
No. 037, para un período individual de cinco (5) años;
período que fue renovado sin solución de continuidad,
por cinco (5) años más, al ser designado como Curador

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