DECRETO 495 RD 3017 - 30 de Diciembre de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448970518

DECRETO 495 RD 3017

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3017 30 DICIEMBRE 2003
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3017 • pP. 1-13 • 2003 DICIEMBRE 30 1313
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NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA
Directora del Departamento Administrativo del
Servicio Civil
(Diciembre 30 de 2003)
Por el cual se asignan unas funciones administra-
tivas y judiciales de las entidades suprimidas en
la Secretaría de Hacienda.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL,
en ejercicio de las facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los artícu-
los 38, 39 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993,
CONSIDERANDO:
Que conforme con el numeral 3o. del artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993 corresponde al Alcalde Ma-
yor dirigir la acción administrativa y asegurar el cumpli-
miento de las funciones a cargo del Distrito.
Que con base en el numeral 6o. del artículo 38 e inciso
2o. del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, el
Alcalde Mayor podrá distribuir los asuntos y negocios,
según su naturaleza y afinidades.
Que conforme con el artículo 27 del Decreto Distrital
854 de 2001 corresponde al Director Jurídico de Ha-
cienda la representación administrativa, judicial y
extrajudicial de los asuntos que se deriven de la Caja
de Previsión Social Distrital.
Que en el mismo sentido el artículo 28 del citado de-
creto, asignó al Subdirector de Proyectos Especiales
de la Secretaría de Hacienda, la representación admi-
nistrativa, judicial y extrajudicial de la Empresa Distrital
de Servicios Públicos -EDIS- a partir del 1o. de enero
de 2002.
Que mediante el artículo 3o. del Decreto Distrital 4 de
2003 se asignó a la Oficina de Asuntos Judiciales de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor, hoy,
Subdirección de Gestión Judicial, la representación ju-
dicial y extrajudicial de los derechos y obligaciones que
surjan a favor o en contra del liquidado Centro Distrital
de Sistematización y Servicios Técnicos -SISE-.
Que mediante el artículo 5o. del Decreto Distrital 861
de 1991 se asignó a la Oficina de Asuntos Judiciales,
hoy Subdirección de Gestión Judicial, la representa-
ción judicial y extrajudicial en los derechos y obligacio-
nes que surjan a favor o en contra de la liquidada Em-
presa Distrital de Transporte Urbano -EDTU-
Que para efecto de racionalizar y unificar el ejercicio de
la representación judicial de las entidades liquidadas y
la distribución de las funciones entregadas a la Secre-
taría de Hacienda en esta materia, es procedente asig-
nar la totalidad de funciones respecto a las entidades
suprimidas a dicha Secretaría y modificar los Decretos
Distritales 861 de 1991 y 854 de 2001, 522 de 2002 y
04 de 2003.
Que por lo anteriormente expuesto este Despacho,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Asígnase a la Secretaría de Hacienda
Distrital, la representación judicial y extrajudicial de
Bogotá Distrito Capital, ante los distintos despachos
judiciales, en todos aquellos asuntos relacionados con
las liquidadas Caja de Previsión Social Distrital, Em-
presa Distrital de Transporte Urbano -EDTU-, Centro
Distrital de Sistematización y Servicios Técnicos- SISE,
y Empresa Distrital de Servicios Públicos EDIS-, para
la debida defensa de los intereses del Distrito Capital.
La Secretaría de Hacienda Distrital queda investida de
las facultades de notificarse, actuar, conciliar judicial y
extrajudicialmente, designar y sustituir apoderados es-
peciales dentro de los términos de ley, interponer re-
cursos, presentar memoriales, atender los requerimien-
tos administrativos y demás actuaciones en vía guber-
nativa, judicial y extrajudicial necesarias para una ade-
cuada y eficaz representación de sus intereses. Estas
facultades conllevan la capacidad jurídica para promo-
ver acciones judiciales o administrativas en nombre del
Distrito Capital.
La Secretaría de Hacienda tendrá la representación con
facultad de conciliar en las audiencias obligatorias de
conciliación que se realicen en los procesos laborales
de que trata el artículo 39 de la Ley 712 de 2001, y
podrá en ejercicio de esta asignación otorgar poderes
especiales para la representación del Distrito Capital
en dichas audiencias.
De acuerdo a lo anterior los apoderados que se consti-
tuyan actuarán en las audiencias de conciliación de
acuerdo con los lineamientos y las decisiones adopta-
das por el Comité de Conciliación de la Secretaría de
Hacienda Distrital.
PARÁGRAFO 1.- La función contenida en este artículo
respecto de los asuntos derivados de la supresión de
la Empresa Distrital de Transporte Urbano -EDTU- y la
liquidación del Centro Distrital de Sistematización y
Servicios Técnicos- SISE estarán a cargo de la Secre-
taría de Hacienda a partir del primero (1o.) de enero de
2004.

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