Instituto Municipal de Deporte y Recreación - Municipio de Puerto López Acta final de culminación del proceso de liquidación - 1 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 66265640

Instituto Municipal de Deporte y Recreación - Municipio de Puerto López Acta final de culminación del proceso de liquidación

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Número de Boletín47459

Municipio de Puerto Lopez actas ACTA FINAL DE CULMINACION DEL PROCESO DE LIQUIDACION (Ley 254 de febrero 21 de 2000, reglamentado por el Decreto Nacional 226 de 2004) NOMBRE DE LA ENTIDAD INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTE Y EN LIQUIDACION:

RECREACION DE PUERTO LOPEZ - META NOMBRE DEL LIQUIDADOR:

JULIO RODRIGUEZ CARRILLO ENTIDAD QUE RECIBE LOS BIENES Y OBALCALDIA MUNICIPAL DE PUERTO LOPEZ, LIGACIONES DE LA ENTIDAD LIQUIDADA:

META REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD JUAN GUALTEROS MURILLO, ALCALDE QUE RECIBE:

MUNICIPAL FECHA DE INICIO DEL PROCESO DE LIQUIENERO 1º DE 2009 DACION:

FECHA DE CULMINACION DEL PROCESO AGOSTO 10 DE 2009 LIQUIDATORIO:

CIUDAD Y FECHA DEL ACTA:

PUERTO LOPEZ, AGOSTO 10 DE 2009 1 Corte Constitucional, Sentencia C-772 de 1998, del 10 de diciembre de 1998 Magistrado Ponente: Fabio Moron Diaz.

2 Consejo de Estado, Sentencia del 27 de Abril de 2006, Expediente 14275. Consejero Ponente: Ramiro Becerra Saavedra.

Martes 1° de septiembre de 2009 11 Atendiendo lo establecido en el articulo 36 del Decreto 254 con fecha 21 de febrero de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006, a traves del cual el señor Presidente de la Republica de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias conferidas por el articulo 1º, numeral 7 de la Ley 573 de 2000, expide el regimen para la liquidacion de las entidades publicas del orden nacional, decreto debidamente publicado en el Diario Oficial numero 43.903, con fecha 22 de febrero de 2000, que a la letra reza...

"(...) Articulo 36. Contenido del acta de liquidacion. Culminado el proceso de liquidacion de una entidad, el Liquidador elaborara un informe final de liquidacion que contendra como minimo los siguientes asuntos:

  1. Administrativos y de gestion;

  2. Laborales;

  3. Operaciones comerciales y de mercadeo;

  4. Financieros;

  5. Juridicos;

a f) Manejo y conservacion de los archivos y memoria institucional.

El informe debera ser presentado a la Junta Liquidadora, cuando sea del caso, al Ministerio o Departamento Administrativo correspondiente o al Representante Legal respectivo, segun sea el caso, para las observaciones pertinentes. Si no se objetare en ninguna de sus partes, se levantara un acta que debera ser firmada por el Liquidador y adicionalmente por el Representante Legal de la entidad a la cual se traspasen los bienes y obligaciones de la liquidada. Si se objetare, el Liquidador realizara los ajustes necesarios y se procedera conforme a lo establecido en el parrafo anterior.

(...)".

Se procede a levantar el acta final de culminacion del proceso de liquidacion y terminacion de la existencia legal del Instituto Municipal de Deporte y Recreacion del Municipio de Puerto Lopez - Meta, previa las siguientes consideraciones: 1. Que mediante el Acuerdo numero 024 de noviembre 29 de 2004, se creo el Instituto Municipal de Deporte y Recreacion de Puerto Lopez - Meta, como una entidad dependiente del Gobierno Municipal, con autonomia administrativa y presupuestal, personeria juridica y patrimonio independiente, integrante del Sistema Nacional del Deporte, la Recreacion y la Educacion Fisica en los terminos de la Ley 181 del 18 de enero de 1995, Acuerdo que fue debidamente publicado.

  1. Que mediante Decreto numero 245 con fecha 31 de diciembre de 2008, el Alcalde del municipio de Puerto Lopez, en ejercicio de las facultades conferidas por el Concejo Municipal mediante Acuerdo numero 046 del 27 de noviembre de 2008, ordena la Liquidacion del Instituto Municipal de Deporte y...

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