El derecho fundamental a la salud en Colombia: base teórica y jurisprudencial - Núm. 1-2013, Enero 2013 - Saber, Ciencia y Libertad - Libros y Revistas - VLEX 606986274

El derecho fundamental a la salud en Colombia: base teórica y jurisprudencial

AutorXimena Espinosa Torres
Páginas45-59
45
Ximena Espinosa Torres
SABER, CIENCIA Y Libertad ISSN: 1794-7154 Vol. 8, No.1
1 El artículo de investigación que se presenta fue producto de la investigación Derecho Fundamental a la Salud: sus características,
realizada en el año 2011 por el grupo de investigación en Filosofía del Derecho y Derecho Constitucional, categorizado en D por
Colciencias. los investigadores que participaron en ella fueron Barreto Lezama, Adrián; Espinosa Torres, Ximena; Mercado Pérez,
David (líder del grupo de investigación), y Tirado Pertuz, César.
2 Abogada de la Universidad de Cartagena, Coordinadora del Grupo de Investigación en Filosofía del Derecho y Derecho Constitucional.
Joven Investigador e Innovador Colciencias. Docente de Derecho Constitucional Fundación Universitaria Colombo Internacional.
EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD EN
COLOMBIA: BASE TEÓRICA Y JURISPRUDENCIAL1
Ximena Espinosa Torres2
RESUMEN
La acción de tutela tuvo como prueba de fuego la salud y su naturaleza jurídica, ya que la mayoría de las
veces se la ha utilizado para lograr la protección de este derecho fundamental. Jurisprudencialmente se
comenzó por establecer que la salud era parte esencial de la vida, pero como la Ley 100 de 1993, al establecer
indicadores de eciencia y rentabilidad, sometió a criterios neoliberales la prestación de este servicio, las
Entidades Promotoras de Salud (EPS) comenzaron a “rechazar” la atención de aquellos que demandaban
terapias y drogas que no estaban en el Plan Obligatorio de Salud (POS). A partir de la Carta de 1949, en
Alemania Federal se adopta una fórmula que cambia cualitativamente el Estado liberal clásico en Estado
social de derecho, que convertía al Derecho Constitucional en el garante del régimen de libertades y derechos
fundamentales, a través de la modulación de los contenidos de las sentencias de constitucionalidad y los test
de ponderación y balanceo, cuando estos estuvieren en juego. Es así que la Corte Constitucional colombiana,
usando la modulación del contenido de sus fallos, fue creando una especie de POS jurisprudencial a lo largo
de los centenares de tutelas que revisaba por violación del derecho a la vida a causa de la no prestación del
servicio de salud. Se llega de este modo a la célebre Sentencia T-760/08 que establece de modo permanente
tal POS jurisprudencial y crea normas reglamentarias y de procedimiento que vinculan a las EPS a un marco
jurídico para prestar su servicio, creando como gura autónoma el derecho fundamental a la salud.
PALABRAS CLAVE
Derecho fundamental, Acción de tutela, Estado benefactor, Neoliberalismo, Derecho Procesal
Constitucional, Derecho fundamental a la salud.
ABSTRACT
The action for tutela, which is a writ for protection of fundamental rights, was acid tested by the right to a
good Health and its juridical nature since most of the times the tutela has been used as a mechanism to get the
protection of this fundamental right. As far as jurisprudence goes, it has been stated that Health was an essential
element to life, but when the Law 100, 1993 set the efciency and protability indicators, it submitted the
health service to Neo-liberal criteria, the entities in charge of providing health service (EPS) started “rejecting”
the service to those who demanded therapies and drugs that were not included in the Obligatory Health Plan
(OHP). Since the act from 1949, Federal Germany adopted a formula that would qualitatively change the
classic liberal State into a Social State of Law, which would turn Constitutional Law into the guarantor of the
liberties fundamental rights regime through the modulation of contents of the constitutionality sentences and
the weighting and balance tests when these were at stake. Thus the Colombian Constitutional Court, by using
the content modulation of their sentences was creating some sort of jurisprudential OHP through its hundreds
of tutelas that it revised due to the violation of the right to live because of the rejection to provide health service.
This is how we get to the well-known sentence T-760/08 which permanently establishes the jurisprudential
OHP and creates legal and procedure standards that gets the EPS regulated by a Legal Framework in order to
provide health service by creating an autonomous gure i.e, the fundamental right to Health.
KEYWORDS
Fundamental right, the action for tutela, Benefactor State, Neoliberalism, Constitutional Process Law,
Fundamental Right to Health.
Depositado en febrero 12 de 2013, aprobado en mayo 09 de 2013.

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