Derecho penal, contravencional y de convivencia para la protección de los animales - Los animales desde el derecho. Conceptos y casos en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 934592864

Derecho penal, contravencional y de convivencia para la protección de los animales

AutorCarlos Andrés Muñoz López
Páginas54-71
1.
DERECHO PENAL, CONTRAVEN
CIONAL Y DE CONVIVENCIA PA
RA LA PROTECCIÓN DE LOS A
NIMALES
ASPECTOS GENERALES
EN COLOMBIA SE CASTIGA MEDIANTE DOS INSTRUMENTOS LEGALES a
quien maltrata a un animal55:
Para quién maltrate de forma no grave —física o emocionalmente
—: Mediante la Ley 84 de 1989, conocida como el Estatuto de
Protección Animal, se sanciona al infractor con multas que varían
entre siete (7) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales
vigentes. Esta ley establece un amplio y detallado espectro que
permite identificar cuándo está siendo maltratado un animal; su
artículo 6 recoge en total 26 conductas (de la a hasta la z) que se
consideran como actos de crueldad contra los animales. Podemos
resaltar que en la interpretación de los actos que considera la ley
como crueles contra los animales se encuentran maneras de
protegerlos de forma amplia, según la interpretación que
empleemos.56 Por ejemplo, una de las mayores problemáticas, por
no decir la mayor, es el abandono de animales de compañía o
mascotas.57 Este acto se encuentra sancionado en la conducta 22:
“v. Dejar expósito o abandonar a su suerte a un animal doméstico o
domesticado en estado de vejez, enfermedad, invalidez o
incapacidad de procurarse la subsistencia” (Ley 84 de 1989, art. 6).
2.
Un animal doméstico abandonado difícilmente puede garantizar su
subsistencia, pues está expuesto al atropellamiento, a morir de sed y
hambre o a cualquier abuso o crueldad. Por ende, tal acción debe
ser sancionada en el marco de la Ley 84 de 1989.
Para quien maltrate de forma grave —física o emocionalmente— o
cause la muerte del animal, mediante el Código Penal colombiano,
capítulo único de “Delitos contra los animales”.
Al estipularse el fundamento constitucional de la protección animal
en Colombia,58 el derecho penal ha derivado actualmente un bien
jurídicamente protegido: “la vida, la integridad física y emocional
de los animales”59. Es así como la Ley 1774 de 2016 vuelve, desde
de 187360, a incluir el maltrato animal en un Código Penal como
una conducta merecedora de prisión y multa:
El que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un
animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico
vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben
gravemente su salud o integridad física, incurrirá en pena de prisión
de doce (12) a treinta y seis (36) meses; inhabilidad especial de uno
(1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o
tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a
sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes. (Ley
1774 del 2016, art. 339A)
Se resalta que, al igual que en 1873, el animal se
protege simplemente por el hecho de existir y sin que
necesariamente tenga un responsable, dueño o tenedor. El
Código Penal protege en igual forma al animal de
compañía, al animal comunitario, al animal silvestre o al
animal que vaga en una calle y que es maltratado
gravemente o muerto. El concepto de víctima61 cobija al
animal que debe ser representado en el proceso penal; en

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