La desaparición forzada como fenómeno pluriofensivo - El crimen internacional de desaparición forzada - Responsabilidad penal del superior jerárquico y crímenes internacionales - El crimen internacional de desaparición forzada - Libros y Revistas - VLEX 840248542

La desaparición forzada como fenómeno pluriofensivo

AutorFederico Andreu-Guzmán
Páginas70-82
III. La desaparición forzada como
fenómeno pluriofensivo
“La desaparición forzada constitu ye una
violación múltiple de varios derechos
protegidos por la Convención Americana que
coloca a la víctima en un estado de completa
indefensión, acarreando otras vulneraciones
conexas, siendo particularmente grave
cuando forma parte de un patrón sistemático
o práctica aplicada o tolerada por el Estado”
Corte Interamericana de Derechos
Humanos177
La desaparición forzada de personas es un fenómeno grave y complejo.
Constituye una grave violación de los derechos humanos y un crimen según
el derecho internacional. Tanto como violación grave a los derechos humanos
que como delito según el derecho internacional, la desaparición forzada de
personas es un fenómeno sui generis, en razón de su carácter pluriofensivo y
de violación y delito continuado, así como por la pluralidad de víctimas.
El derecho internacional ha considerado que la desaparición forzada constituye
una de las más graves violaciones a los derechos fundamentales del ser humano,
un “ultraje a la dignidad humana”178 y una “grave ofensa de naturaleza odiosa
a la dignidad intrínseca de la persona humana”179. La Asamblea General de
177 Sentencia de 24 de febrero de 2001, Caso Gelman vs. Uruguay, Serie C No. 221, párrafo 74.
178 Artículo 1 de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones
forzadas.
179 Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, Preámbulo, párrafo 3.

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