Normas y estándares internacionales - El crimen internacional de desaparición forzada - Responsabilidad penal del superior jerárquico y crímenes internacionales - El crimen internacional de desaparición forzada - Libros y Revistas - VLEX 840248547

Normas y estándares internacionales

AutorFederico Andreu-Guzmán
Páginas121-122
VIII. Normas y estándares internacionales
Declaración sobre la protección de todas las personas contra las
desapariciones forzadas (Naciones Unidas 1992), preámbulo:
«Profundamente preocupada por el hecho de que en muchos
países, con frecuencia de manera persistente, se produzcan
desapariciones forzadas, es decir, que se arreste, detenga o
traslade contra su voluntad a las personas, o que éstas resulten
privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes
gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos
organizados o por particulares que actúan en nombre del
gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o
su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el
paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de
la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley».
Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las
desapariciones forzadas
Artículo 2:
«A los efectos de la presente Convención, se entenderá por
“desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o
cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra
de agentes del Estado o por personas o grupos de personas
que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del
Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de
libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la
persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.»

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