Resolución número 013 de 2007, por la cual se fijan unas reglas de difusión para la adopción de la metodología para la regulación de la transición en la remuneración del almacenamiento de los actuales Comercializadores Mayoristas de GLP en el nuevo período tarifario y se dictan otras disposiciones. - 28 de Marzo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50298214

Resolución número 013 de 2007, por la cual se fijan unas reglas de difusión para la adopción de la metodología para la regulación de la transición en la remuneración del almacenamiento de los actuales Comercializadores Mayoristas de GLP en el nuevo período tarifario y se dictan otras disposiciones.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín46584

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 142 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y 2696 de 2004, CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion 066 del 26 de septiembre de 2002, publicada en el Diario Oficial numero 44.977 del 26 de octubre de 2002, la Comision de Regulacion de Energia y Gas sometio a consideracion de los agentes, usuarios y terceros interesados las bases sobre las cuales se definira la formula aplicable a las diferentes actividades de la prestacion del servicio publico domiciliario de GLP;

Que el articulo 15 del Decreto 2696 de 2004, establece que dicho decreto rige a partir de su publicacion en el Diario Oficial y que las disposiciones contenidas en el articulo 11 del Capitulo III aplicaran a los procesos tarifarios que se inicien con posterioridad al 1º de enero de 2005;

Que no obstante el proceso tarifario de que trata la presente resolucion se inicio con anterioridad al 1º de enero de 2005, con el proposito de mantener las garantias de divulgacion y participacion en sus actuaciones, esta Comision aplicara algunas de las reglas especiales indicadas en el articulo 11 del Decreto 2696 de 2004;

Que el articulo 11 del Decreto 2696 de 2004 contempla las reglas especiales para la adopcion de formulas tarifarias con una vigencia de cinco (5) años, de acuerdo con lo establecido en los articulos 126 y 127 de la Ley 142 de 1994;

Que la Comision de Regulacion de Energia y Gas, en su Sesion numero 320 del 13 de febrero de 2007, aprobo la adopcion de las siguientes reglas dentro del tramite del proceso tarifario de que trata esta resolucion, RESUELVE:

Articulo 1°

Hagase publico en la pagina web de la comision el proyecto de metodologia de formula contenido en el Documento CREG 008 de 2007, y el texto del proyecto de resolucion "por la cual se establece la transicion en la remuneracion del almacenamiento los comercializadores mayoristas durante el proximo periodo tarifario", contenido en el Anexo de esta resolucion. El Comite de Expertos debera preparar un documento con una explicacion en lenguaje sencillo sobre el alcance de la propuesta de formula tarifaria. Este documento se remitira a los gobernadores quienes se encargaran de divulgarlo. Este mismo documento debera contener una invitacion para que los interesados consulten, a traves de la pagina web de la Comision, el documento CREG 008 de 2007 y el texto del proyecto de resolucion contenido en el Anexo de esta resolucion.

LICITACION 001/2007 Departamento de Boyaca Municipio de Briceño Alcaldia Municipal Administracion 2004-2007 El Municipio de Briceño, desea contratar mediante el proceso de licitacion publica y precios Unitarios denominada 001/2007, "Pavimentacion vias urbanas con adoquin corbatin Municipio de Briceño".

Presupuesto Oficial: $100.000.000.00 Plazo de ejecucion: Cuatro meses (4) Clasificacion minima: Inscritos en el Registro de Proponentes de la Camara de Comercio Actividad 1 Especialidad 08 grupo 01,02 y 03 con una Capacidad Residual mayor o igual a 12.500 smmlv, a la fecha de apertura de la licitacion para el caso de los consorcios o uniones temporales uno de los integrantes debe comprometer como minimo el 80% de su capacidad disponible de acuerdo a la capacidad minima exigida.

Apertura y cierre de la licitacion: Se abrira el 2 de abril de 2007 a las 9:00 a. m. y se cerrara el dia 11 de abril de 2007 a las 3:00 p. m. en el despacho de la Alcaldia Municipal de Briceño.

Criterios de evaluacion y adjudicacion: La Alcaldia Municipal de Briceño evaluara las propuestas teniendo en cuenta los siguientes factores generales: Precio ofrecido por el proponente, capacidad financiera del proponente y programacion de obra, experiencia especifica.

Consulta de pliegos y fecha de prepliego: Los pliegos estaran disponibles desde la fecha de apertura de la licitacion, hasta la fecha y hora del cierre de la misma en la oficina de Planeacion Municipal de Briceño. El prepliego estara disponible a partir del dia 20 de marzo de 2007.

Datos adicionales licitacion: Los pliegos de condiciones se comenzaran a consultar a partir del dia 2 de abril de 2007 en la cartelera municipal, Oficina de Planeacion y Alcaldia Municipal y en la pagina web www.

bricenoboyaca.gov.co. Para el proceso se requiere visita obligatoria de obra, la cual se hara el dia 2 de abril a las 2:00 p. m. en las instalaciones de la Alcaldia Municipal. Los interesados podran solicitar mayor informacion en la Alcaldia Municipal de Briceño, Edificio Municipal Carrera 4 N° 3-53. Tel. 7-265431. Lo anterior en cumplimiento del numeral 22.7 del articulo (BA-0297652-8).

22 de la Ley 80 de 1993. El valor del pliego es de $1.000.000.00 mcte.

PROCESO DE CONTRATACION PC-039245 EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN E.S.P.

Las Empresas Publicas de Medellin, mediante la modalidad de Licitacion Publica Internacional, abren el proceso de contratacion para los cables de potencia de 50,0 kV en XLPE del Proyecto Hidroelectrico Porce III, localizado en Colombia, Departamento de dicional, en jurisdiccion de los municipios de Arnalfi, Guadalupe, Anori y Gomez Plata, a 147 km. Al noreste de la ciudad de Medellin.

  1. Objeto Diseño, fabricacion, pruebas en fabrica, embalaje, despacho, transporte, entrenamiento, confeccion de terminales en sitio, pruebas en campo, supervision del montaje, ejecucion de pruebas de alto voltaje y puesta en servicio de siete cables monofasicos aislados para 500 kV en XLPE y siete pararrayos convencionales de 500 kV, para la conexion entre los transformadores elevadores y las lineas de transmision del Proyecto Hidroelectrico Porce III, completos con terminales cable -aire para conexion a la linea aerea y terminales cable- ducto SF6 para conexion al transformador, sistema de manejo de cable de repuesto en la caverna de transformadores, estructuras metalicas de soporte de los cables, accesorios y repuestos.

  2. Requisitos para participar Podran participar las personas juridicas o naturales nacionales, o extranjeras que tengan sucursal(es) establecida(s) en Colombia o que tengan vinculacion con el pais mediante filiales, distribuidores o comercializadores autorizados, o subsidiarias o en su defecto el Proponente debera cumplir todas las etapas del proceso contractual por medio de apoderado, quien debera ser persona natural o juridica nacional, y debe cumplir los requisitos exigidos en el numeral 1.7.1.6 Documentos otorgados en el exterior y certificado de existencia y representacion legal. El Proponente debera tener en cuenta que su objeto social comprenda el objeto contractual de este proceso de contratacion.

    No se aceptaran consorcios ni uniones temporales;

    en caso de presentarse esta situacion, dicha oferta sera rechazada.

    A los Proponentes que no cumplan al momento del cierre de la contratacion y presentacion y apertura de ofertas con los siguientes requisitos de participacion, no se les evaluaran las ofertas.

    2.1 Requisitos contractuales y legales 2.1.1 Adquisicion del Pliego Que el Proponente haya adquirido directamente el pliego de condiciones de las Empresas. O que le hayan hecho cesion del mismo. Dicha cesion debera notificarse a las Empresas como minimo con tres (3) dias calendario previos a la fecha de presentacion y apertura de ofertas.

    No se requiere de visita tecnica al sitio de obra.

    2.1.2 Naturaleza del Proponente El Proponente podra ser diseñador y fabricante, o su filial, representante, distribuidor o comercializador o subsidiaria autorizado por el fabricante y su objeto social debe ser aplicable al objeto del contrato. En el certificado que lo autoriza debera constar que cuenta con el respaldo tecnico y servicio de posventa. Dicho certificado debera tener una vigencia igual al plazo contractual mas un (1) año, como minimo. Si dentro de las politicas de comercializacion de la casa matriz, esta contemplado que un distribuidor mayorista para Colombia, otorgue la distribucion autorizada, este sera aceptado siempre y cuando se anexe la autorizacion de la casa matriz al distribuidor mayorista de otorgar autorizacion de distribucion.

    2.1.3 Garantia de Seriedad Presentacion de garantia de seriedad de la oferta, en los terminos establecidos en el numeral 2.11 Garantia de seriedad de la oferta.

    2.1.4 Abono de la oferta La oferta debera estar abonada por un ingeniero electricista matriculado en Colombia conforme a las exigencias establecidas por la Ley 842 de octubre 9 de 2003.

    2.1.5 Inhabilidades e incompatibilidades para contratar El Proponente debe observar que no se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993 y la Ley 142 de 1994, esta ultima modificada por el articulo 11 de la Ley 689 de 2001, ya que de estar inhabilitado no podran participar en las contrataciones o concursos, ni celebrar contratos, por si o por interpuesta persona con las Empresas.

    Las Empresas Publicas de Medellin E.S.P., en cumplimiento de lo estipulado en el articulo 60 de la Ley 610 del año 2000, se abstendran de celebrar el contrato con las personas que se encuentren registradas en el Boletin de Responsables Fiscales de la Contraloria General de la Republica, para lo cual haran las consultas que en tal sentido le corresponde.

    2.1.6 Documentos otorgados en el exterior y...

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