Disposiciones finales - Decreto 2650 de diciembre 29 de 1993 - Plan Único de Cuentas para comerciantes - PUC 2013 - Libros y Revistas - VLEX 730411841

Disposiciones finales

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas240-240
Plan Unico de Cuentas para Comerciantes PUC240
con el PAAG, efectuado sobre cada una de las partidas
del patrimonio que de conformidad con las disposiciones
legales vigentes sean susceptibles de ajuste.
DINÁMICA
CRÉDITOS
a. Por el valor del ajuste por inflación.
DÉBITOS
a. Por la disminución de los valores que dieron
origen al ajuste.
DESCRIPCIÓN
Registra las contrapartidas de las cuentas que conforman
el grupo 91 -responsabilidades contingentes-.
DINÁMICA
DÉBITOS
a. Por los abonos contabilizados en las cuentas de orden
que integran el grupo 91 -responsabilidades
contingentes-.
CRÉDITOS
a. Por los cargos contabilizados en las cuentas de orden
que integran el grupo 91 -responsabilidades
contingentes-.
DESCRIPCIÓN
Registra las contrapartidas de las cuentas que conforman
el grupo 92 -acreedoras fiscales-.
DINÁMICA
DÉBITOS
a. Por los abonos contabilizados en las cuentas de orden
que integran el grupo 92 -acreedoras fiscales-
CRÉDITOS
a. Por los cargos contabilizados en las cuentas de orden
que integran el grupo 92 -acreedoras fiscales-
CUENTA
DESCRIPCIÓN
Registra las contrapartidas de las cuentas que conforman
el grupo 93 -acreedoras de control-.
DINÁMICA
DÉBITOS
a. Por los abonos contabilizados en las cuentas de orden
que integran el grupo 93 -acreedoras de control-.
CRÉDITOS
a. Por los cargos contabilizados en las cuentas de orden
que integran el grupo 93 -acreedoras de control-.
CLASE GRUPO CUENTA
9. CUENTAS DE
ORDEN
ACREEDORAS
94.
RESPONSABILIDADES
CONTINGENTES
POR CONTRA (DB)
CLASE GRUPO CUENTA
9. CUENTAS DE
ORDEN
ACREEDORAS
95. ACREEDORAS
FISCALES
POR CONTRA (DB)
♦♦
CLASE GRUPO CUENTA
9. CUENTAS DE
ORD EN
ACREEDORAS
96. ACREEDORAS
DE CONTROL
POR CONTRA (DB)
CAPÍTULO IV
Disposiciones finales
Artículo 16. El presente decreto deroga el
Decreto 2195 del 30 de diciembre de 1992 y
demás normas que le sean contrarias, y rige a
partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Cartagena de Indias el 29 de
Diciembre de 1993.
Nota: Derogado según Decreto 1536 del 7 de mayo de 2007 ♦♦ VER: Oficio No. 115-009819 de 2011 pág 64

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