Disposiciones generales
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena |
Páginas | 1-7 |
1
Título Preliminar
LEY 1564 DE 12 DE JULIO DE 2012
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y
se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. OBJETO. Este código regula la actividad procesal en los
asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios. Se aplica, además,
a todos los asuntos de cualquier jurisdicción o especialidad y a las
actuaciones de particulares y autoridades administrativas, cuando ejerzan
funciones jurisdiccionales, en cuanto no estén regulados expresamente
en otras leyes.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
• *: Art. 1.
ARTÍCULO 2. ACCESO A LA JUSTICIA. Toda persona o grupo de
personas tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio
de sus derechos y la defensa de sus intereses, con sujeción a un debido
proceso de duración razonable. Los términos procesales se observarán
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
3 y 4.
• * : Por medio de la cual se establece la vigencia
permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020 y se adoptan medidas para implementar
las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar
dictan otras disposiciones.
• *: Arts. 2 al 9.
ARTÍCULO 3. PROCESO ORAL Y POR AUDIENCIAS. Las actuaciones
se cumplirán en forma oral, pública y en audiencias, salvo las que
Art. 1
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba