La dualidad sujeto-objeto y sus repercusiones en el derecho - Núm. 15, Enero 2009 - Opinión jurídica - Libros y Revistas - VLEX 223513181

La dualidad sujeto-objeto y sus repercusiones en el derecho

AutorTaeli Raquel Gómez Francisco
CargoAbogada y doctora en Ciencias Filosóficas de la Universidad de la Habana
Páginas115-124

El presente artículo es un producto de la investigación plasmada en la Tesis para optar al grado de Doctora en Ciencias Filosóficas, "La conciencia ecológica: una nueva forma de la conciencia social" Universidad de la Habana, Cuba. 2007. La línea de investigación ha sido presentada en varios Eventos Internacionales desde el 2000.

Taeli Raquel Gómez Francisco es Abogada y doctora en Ciencias Filosóficas de la Universidad de la Habana; Académica de la Universidad de Atacama de Chile; Docente investigadora en el área de Filosofía del Derecho taelig@yahoo es, taeli gomez@uda cl

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Introducción

Muchas de las categorías que sirven de base para nuestro derecho son asumidas sin tener autoconciencia de que ellas provienen de una trama del saber epistemológico mayor, en el marco de un contexto histórico-social concreto. Ello muchas veces sucede sin que los juristas las reflexionen de manera preliminar antes de utilizarlas o darlas por sobreentendidas. Lo anterior no es un problema meramente abstracto, sino que conlleva consecuencias de relevancia práctica, por lo que requiere ser investigado.

En tal sentido, aludimos a una de las instituciones relacionales del derecho, base fundamental de éste: la dualidad sujeto -de derecho- y cosa; estas instituciones jurídicas encuentran su razón en el cuadro científico de mundo y no en la auto-referencia jurídica, es decir, le pertenecen a un concreto histórico.

Sin embargo, se ha desarrollado una línea de ruptura contra esta dualidad -sujeto y objeto de conocimiento-, pues en las últimas décadas del siglo XX se impulsó un debate crítico en torno a ésta, proveniente desde todos los ámbitos del conocimiento científico: la física cuántica planteó la insuficiencia de avalarla, y en tal sentido Heisenberg (1976) demostró la dificultad del sujeto para desprenderse de su objeto, lo mismo hizo Maturana y Varela (1997) desde la biología, las ciencias cognitivas, el constructivismo y la cibernética de segundo orden, tal y como lo plantea Foerster. Desde la complejidad, como el nuevo paradigma científico, con sus enfoques metodológicos holísticos y las propuestas inter, intra y transdisicplinarias, se reconoce la dificultad de validar esta separación (Capra, 1998).

Ahora bien, la necesidad concreta que tiene el derecho para reformularla es una interrogante que permite dilucidar la importancia metodológica del tema. En tal sentido, es fundamental, primero, reconocer que existe un problema histórico común, y como lugar de esta coincidencia, lo hemos denominado crisis ecosocial; en tanto, ésta no es una mera sumatoria de ambos aspectos -del prefijo eco y lo social- sino una unidad dialéctica que nos afecta de manera global, y ante tal imperativo que afecta a la humanidad y al planeta, el Derecho debe replantearse su participación comprometida, más allá de cambios legales o normativos que se refieren a ámbitos reducidos.

En definitiva, ante la comprensión del derecho como un sistema abierto y emergente de interacciones y de múltiples aspectos como parte interrelacionada de la totalidad, a la cual, adhiere como su producto, es indispensable tener presente que éste no sólo recibe información, sino también la envía, por consiguiente, afecta y participa de la actividad social.

Es posible, entonces, que la razón del anquilosamiento de instituciones jurídicas, a pesar de ser contradictorias con el planteamiento de los nuevos paradigmas determinados por una histórica trama multiconsiderativa, y las necesidades reales del ser social, se deban a un tema de poder, lo que podría quedar desvelado como tal.

1- El sujeto en el derecho moderno

Las concepciones del sujeto para el derecho han variado históricamente de acuerdo con los requerimientos de cada época, y ello hay que comprenderlo como parte de una totalidad. Desde otra perspectiva, son los modos de producción que plantean las exigencias superestructurales como sustento de formación de un cuadro ideal de mundo. En este caso, el realce del individuo y lo individual implica que, para su configuración, se hanPage 118ido ensamblando distintas redes categoriales, desde variadas esferas que le proporcionan sentido. No es casual el impulso del nominalismo proveniente ya desde el debate de los universales; el humanismo-antropocéntrico; la dualidad cartesiana -res extensa-res cogitans- ; son constructos que, en definitiva, aportan como ideales a las nuevas epistemologías que se incorporan también en el derecho. Todo lo cual, devino en contrarios y, en definitiva, en la manipulación del hombre hacia la naturaleza que la convierte en un objeto desprovisto de vida, valor y belleza.

Ahora bien, ¿qué sucede en la modernidad?, ¿cuáles fueron las necesidades de la época que impulsaron la ruptura del sujeto con la naturaleza que, hasta entonces, estaba integrado y perteneciente a una unidad, fuera cosmológica, divina o entramada a través del nous, el logos o el alma universal?, ¿en qué sentido afectó a todas las esferas del cuadro de mundo científico moderno? Al respecto, es necesario comprender la unidad el proceso histórico- natural, pues sólo así es posible vincular la vida real y sus formaciones ideales.

En ese sentido, el despojo del trabajador y los medios de producción, producto de la acumulación originaria del capital, significa uno de los primeros elementos a considerar, en tanto, constituyen una ruptura material de la unidad del hombre con la tierra que pronto se iría configurando en el ideal científico, en lo cultural, en lo artístico y, en definitiva, en la nueva cosmovisión. Marx, en El capital, expone una observación fundamental en este sentido:

"(...) el hombre, en vez de actuar directamente con la herramienta sobre el objeto de trabajo, se limita a actuar como fuerza motriz sobre una máquina-herramienta, deja de ser un factor obligado, pudiendo ser sustituido por el aire, el agua, el vapor, etc." (Marx, 1973, p. 328).

Es decir, se...

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