Editorial - Núm. 26, Julio 2021 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 869956943

Editorial

AutorAníbal Zárate
CargoDoctor en derecho, Universidad Panthéon-Assas (Paris II), París, Francia. Docente investigador del Departamento de Derecho Administrativo, Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia. Correo-e: anibal.zarate@uexternado.edu.co. Enlace ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5453-9464. Para citar el artículo: ZÁRATE, ANÍBAL, 'Editorial', ...
Páginas3-7
REVISTA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRAT IVO, N.º 26, SEGUNDO SEMESTRE /2021, PP. 3-7
Editorial
ANÍBAL ZÁRATE1
Entre los cambios que introdujo la reciente reforma de 13 de abril de 2021
a las normas sobre contratación estatal2, encontramos q ue se determinan
las reglas aplicables para la aceptación de garantías de estabilidad y calidad
de las obras que tienen una vigencia inferior a cinco años3, se modifica el
proced imiento y se establece el deber para las entidades contratantes de
publicar el análisis empleado para determinar el valor estimado del contrato
en la modalidad de selección de concurso de méritos4, y se imparten nuevas
instrucciones sobre la información contable y financiera soporte de los in-
dicadores de capacidad financiera y c apacidad organizacional inscritos en
el Registro Único de Proponentes (RUP).
Con este último cambio, el gobierno nacional recoge las necesidades de
varias empr esas que se vieron golp eadas por los efectos económicos de la
pandemia y pretende aportar al proyecto de reactivación de la economía na-
cional a través de una mayor competencia y acceso a los dist intos mercados
que constituyen las compras públicas. La idea es que tanto en las inscrip-
ciones que se efectúen a partir del 1 de junio de 20215, como en las reno-
1 Doctor en derecho, Universidad Panthéon-Assas (Paris II), París, Francia . Doce nte
invest igador d el Depar tamento de Dere cho Admi nistrativo, Univers idad Ex ternado
de Colombia, Bogotá, Colombia. Correo-e: anibal.zarate@uexternado.edu.co. Enlace
ORCID: https://orcid.or g/00 00- 0001-5453-946 4. Para citar el artículo: ZÁRATE, ANÍBAL,
“Editorial”, Revista digital de Derecho administrativo, Universid ad Extern ado de Colomb ia,
n.º 26, 2021, pp. 3-7. DOI: https://doi.org/10.18601/21452946.n26 .01.
2 Decreto de Presidencia, n.º 399 del 13 de abril de 2021.
3 Art ículo 3, D ecreto 39 9 de 2021; qu e modific a el artí culo 2.2 .1.2.3.1.14 del Decr eto
1082 de 2015.
4 Art ículos 1 y 2, De creto 399 d e 2021; en la parte motiva del la no rma se señal a que el
núm. 4 del ar tículo 2.2 .1.1.2.1.1 del Decr eto 1082 de 2015 indica cómo hoy la entidad
contra tante no debe cal cular el valor est imado del contrato cuando la modali dad de
selección del contratis ta es el concurso de mérito s, pero que en razón de la importanc ia
de con ocer dic hos valor es y los criterio s empleado s por las entidade s para d efinir el
valor de esos contrat os, y ante la inexistenc ia de una reser va legal de dicha información,
era nece sario eliminar dicha res tricción y oblig ar a las entidades a hacer la publi cación
correspondiente.
5 La fec ha origina lmente prev ista por el G obierno na cional para q ue en los tr ámites de
inscripción y actu alización del RUP se incluye ra informac ión financie ra de los últ imos
tres años fue a partir del 1 agosto de 2021. Sin embargo, y atendiendo a la posibilidad

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