De las entidades promotoras de salud - La organización del sistema general de seguridad social en salud - El sistema general de seguridad social en salud - Ley 100 de 1993. Compila, actualiza y comenta - 3ra edición - Libros y Revistas - VLEX 401432414

De las entidades promotoras de salud

AutorRoa Rojas, Hernán - Roa Díaz, Cornelio
Páginas142-148
142 HE R N Á N RO A - CO R N E L I O RO A
TÍTULO II
LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
CAPÍTULO I
DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD
Nota: Véase Decreto 1011 de 2006 por el cual se establece el Sistema
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General de Seguridad Social en Salud. Decreto 0574 de 2007 por el cual se
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y Entidades Adaptadas.
Circular Única. Superintendencia Nacional de Salud. TÍTULO II. Entidades
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Promotoras de Salud (EPS).
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y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del fondo de
solidaridad y garantía. Su función básica será organizar y garantizar,
directa o indirectamente, la prestación del plan de salud obligatorio
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y el valor de las correspondientes unidades de pago por capitación al
fondo de solidaridad y garantía, de que trata el título III de la presente
ley.
Nota: El aparte destacado en negrilla fue declarado exequible mediante
Sentencia C-0616 de 2001 de la Corte Constitucional.
Nota: Véase la Circular 0008 de 2003   
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a compensar. Asunto
Artículo 178. Funciones de las entidades promotoras de salud.
Las entidades promotoras de salud tendrán las siguientes funciones:
1. Ser delegatarias del fondo de solidaridad y garantía para la
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seguridad social en salud.
Nota:            
Decreto 0131 de 2010        
inexequible mediante Sentencia C-0289 de 2010 de la Corte Constitucional.
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servicio público esencial de Seguridad Social en Salud y como servicio

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